DIFERENCIAS SMI

SHGOROEL

Miembro conocido
¿Y qué pasa con los contratos de formación? si mandas bases según nuevo SMI ¿están actualizados en SS para que no te manden cotizar el exceso?
no tengo contratos de formación... ni sé como funcionan. Madre que rollooooo. Nada, que ya esta visto que hagas lo que hagas va a tener una pega u otra.
 

Sucman1

Miembro activo
Yo ya tenia todas las liquidaciones confirmadas, pero es un rollo, porque al final las bases van a cambiar cuando les de la gana, el trabajador también tendría que pagar, su parte en el cambio de bases cosa que no va a hacer el importe se lo chupara la empresa como siempre, y si lo haces en febrero como ajuste de salario entonces ... pues yo no pienso abrir otra vez esas liquidaciones ya que vean que hace la Yoli y su gente.
 

Argi

Miembro conocido
coincido una vez más. Por temas:

1) BASES MÍNIMAS
Esperando Boletín, pero si enero recalculan ellos las bases mínimas, esperaré a regularización de oficio (igual nos dicen que enero lo presentemos de nuevo... un mes nos hicieran esa jugada... creo que fuera unas cotizaciones de noviembre para diciembre (del 2022?). Febrero toca actualizar programa y recalcular liquidaciones de las bajas que fui dando.

2) SALARIO MÍNIMO
En cuanto a actualizar salarios a SMI (que con la subida de ahora tengo bastantes convenios que en las categorías más bajas (ayudantes, auxiliares...) van por debajo), empezaré de forma inmediata en febrero (que coñazo repasar las liquidaciones ya tramitadas de febrero... pero se hará...)

3) DIFERENCIAS DE SALARIOS DE ENERO POR INCREMENTO DEL SMI ¿cómo afrontarlo?
Este es el gran dilema y tengo que estudiarlo con el programa con el que trabajo. Lo suyo sería recalcular nóminas de enero (sin olvidarse de los que fueron baja durante el mes).

Que nos manden regularización de bases de oficio, es compatible con darle al botón de generar las nóminas, y que las empresas paguen las diferencias como quieran... durante la primera quincena de marzo podría ser un buen momento para ver esto. Es decir, si antes se pagó en enero 1250 liquido y ahora la nómina sale 1280, pues toca mandar la nueva nómina y decir a la empresa que pague la diferencia del líquido como le venga en gana. Va a haber una diferencia entre las bases confirmadas y las nuevas que nos salgan al recalcular el programa... pero en todo caso será un tema contable que se arregle cuando en octubre/noviembre recalculen de oficio si finalmente lo hacen así...
1) BASES MINIMAS: Haré lo mismo que tú. Cuando llegue la regularización se le manda a la empresa para que lo pague y listo. Poca cosa será
2)SALARIO MINIMO Y 3 DIFERENCIAS DE SALARIOS) : actualizaré los salarios (no creo tener muchos) y rectificaré las nóminas de enero, mandado la nómina rectificada a la empresa y que abone la diferencia.
 

MiriamSR

Miembro conocido
1) BASES MINIMAS: Haré lo mismo que tú. Cuando llegue la regularización se le manda a la empresa para que lo pague y listo. Poca cosa será
2)SALARIO MINIMO Y 3 DIFERENCIAS DE SALARIOS) : actualizaré los salarios (no creo tener muchos) y rectificaré las nóminas de enero, mandado la nómina rectificada a la empresa y que abone la diferencia.
Yo ya lo he hecho, tenía pocos. El año pasado lo hice y me salió bien la jugada. A ver este año que tal🤞
 

Argi

Miembro conocido
Lo cierto es que el listado de afectados que saca A3 no sé si afina mucho. Me ha sacado como afectados unos cuantos de una empresa que, si bien el salario base sí esta por debajo del smi cobran unos pluses fijos todos los meses que superan por bastante el SMI y no me ha sacado de una trabajadora que estaba por debajo. Todos tiempos parciales.
Así que primero he hecho un filtraje de las empresa que sé que están por encima, y entre las que estaba en duda he tenido que ir una por una por si acaso...
 

MarLo

Miembro conocido
1) BASES MINIMAS: Haré lo mismo que tú. Cuando llegue la regularización se le manda a la empresa para que lo pague y listo. Poca cosa será
2)SALARIO MINIMO Y 3 DIFERENCIAS DE SALARIOS) : actualizaré los salarios (no creo tener muchos) y rectificaré las nóminas de enero, mandado la nómina rectificada a la empresa y que abone la diferencia.
coincido. rectificar nóminas de enero (lo hago por el SMI, si fuese por sólo por las bases no lo hacía...) se puede hacer a nuestro ritmo (yo lo haré en marzo), las cantidades son asumibles por las empresas y lo importante es enviarselas para que paguen las diferencias cuando quieran. No sumamos cantidades a otro mes, y si hay inspección de pagos igualando SMI, estamos cubiertos
 

Alexia

Miembro activo
Hola compis,
Y nadie calcula nóminas de atrasos, envía los CRA pero no envía la L03? Yo nunca lo he hecho así, pero entiendo que no sería incorrecto porque Tesorería lo que pide es que no se envíe L03. Qué opináis?
 
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