si, pero ya me han confirmado que no, no se actualiza, ahora actualizar a todos los que les viene la carta para que no les peguen estos sablazos.. me vienen desde cartas de 60 céntimos hasta de 2100€Te refieres a la que tiene actualmente?
Sergio
si, pero ya me han confirmado que no, no se actualiza, ahora actualizar a todos los que les viene la carta para que no les peguen estos sablazos.. me vienen desde cartas de 60 céntimos hasta de 2100€Te refieres a la que tiene actualmente?
Sergio
este sistema es una gran carga de trabajo para nosotros, no es lógico que no actualicen las bases automáticamente una vez que ya han regularizado, es el cuento de nunca acabar, además de abrir notificaciones, enviarlas, explicar todo el "rollo"....Es un trabajo de chinos. Nosotros hicimos ya el seguimiento desde el 2023, pero alguno se nos ha escapado. Otros simplemente que le daba igual, pasaban de todo. Mucho trabajo
Sergio
Y si encima se escapa algo, la culpa es nuestra. Como si no hubieran tenido que pagar si o si jejeje. en fin...este sistema es una gran carga de trabajo para nosotros, no es lógico que no actualicen las bases automáticamente una vez que ya han regularizado, es el cuento de nunca acabar, además de abrir notificaciones, enviarlas, explicar todo el "rollo"....
yo entré aquí en noviembre del 2023 y al parecer aquí no se hizo absolutamente nada, así que imaginaos.. tengo más de 15 páginas con barbaridadesEs un trabajo de chinos. Nosotros hicimos ya el seguimiento desde el 2023, pero alguno se nos ha escapado. Otros simplemente que le daba igual, pasaban de todo. Mucho trabajo
Sergio
Ojo, porque 2024 ya no lo salvas. Todo lo que actualices será para regularizar 2025.si, pero ya me han confirmado que no, no se actualiza, ahora actualizar a todos los que les viene la carta para que no les peguen estos sablazos.. me vienen desde cartas de 60 céntimos hasta de 2100€

De esas de los 60 céntimos tengo varias, de verdad que es una jodida broma todo esto.Ojo, porque 2024 ya no lo salvas. Todo lo que actualices será para regularizar 2025.
Coincido @yujurl @Inma.2
El sistema está hecho para jodernos vivos, creo que no es difícil que implementasen la opción que cuando se solicita una base que coincida con la mínima de un tramo, que el propio interesado la identificase así en una casilla: como mínima de un tramo, siendo opcional que el autónomo pidiese la actualización para años siguientes según fuese aumentando la mínima de ese tramo... Y ya no es por las cantidades a pagar, en la mayoría de los casos, asumibles. Sino por la gestión que esto todo supone. Que es trabajo, porque las comunicaciones de un mismo exepdiente van llegando varias veces (por notificaciones electrónicas o por comunicaciones electrónicas, que se yo... por donde), y al cliente también, y nos llaman, y nosotros llamamos, y comprobamos renta si algo no cuadra... y les mandamos la carta de pago.. y les llega, o no les llega... y si pagan en plazo o no pagan... y si esos 60 céntimos... y que si es broma, que no lo es, pues que no lo pago... pues lo deberías pagar.... y que si no los pago que qué pasa, que es una vergüenza... 60 céntimos... etc...
Ver el archivos adjunto 4226
Yo tampoco, pero ya está encima de la mesa actualizar este temaDonde no teníamos una tarea, cuidado la que nos han colocado, y encima una maquina de hacer reñir con el cliente, porque cada año cuando lleguen estas regularizaciones, disgustos tras disgustos, desde luego al que venga quejándose le voy a ofrecer ponerle la cuota en 700 mes, y así no hay error. Y todo esto de momento por el módico precio de 0, porque sinceramente no le subido la cuota por esto a nadie.
NORRRRBuenas chic@s. Me surge una duda. Regularizar la cuota de 2023 implica que muchos de los impuestos comunicados en 2023 tienen importes incorrectos.
He llamado a la Seguridad Social y me remiten a Hacienda. Llamo a Hacienda y me pasan de uno a otro hasta que me cuelgan.
Teóricamente, para dejarlo todo en condiciones, ¿habría que presentar rectificativas/sustitutivas de los impuestos de 2023 afectados? ¿O esto debe declararse en el ejercicio en curso?
yo si lo cobraré…lo siento por el cliente, pero que le proteste a los políticos y no a quien le ayuda. Es decir, escucharle y comprenderle es parte del servicio que se le presta. Luego, siempre habrá excepciones, pero la norma general será cobrarle.Donde no teníamos una tarea, cuidado la que nos han colocado, y encima una maquina de hacer reñir con el cliente, porque cada año cuando lleguen estas regularizaciones, disgustos tras disgustos, desde luego al que venga quejándose le voy a ofrecer ponerle la cuota en 700 mes, y así no hay error. Y todo esto de momento por el módico precio de 0, porque sinceramente no le subido la cuota por esto a nadie.
Buenos días. ¿Podrías pasar alguna consulta para salir de dudas y tener más claro como actuar por favor?NORRRR
2023 impuestos, queda como está.
Estos mayores pagos o devoluciones, a efectos de la actividad económica, se computan este ejercicio 2025.
Por lo tanto, en gastos seguridad social hay que sumar los pagos ordinarios de este año 2025, más o menos los importes de la regularización.
Hay consultas vinculantes ya desde 2022.
Perfecto!! Muchísimas gracias!!Esta es una de las primeras que salieron. Creo que hay más.
Ver: https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V2518-22
"...no procederá la presentación de una rectificación de autoliquidación o de una declaración complementaria respecto a la declaración realizada en dicho año anterior, en el caso de que de la regularización efectuada en el ejercicio siguiente resulte un importe adicional a satisfacer o un importe a devolver, respectivamente, en concepto de cuotas del RETA."
"Debiendo tratarse el importe adicional a satisfacer por el contribuyente en el ejercicio siguiente como un mayor gasto deducible por cotizaciones a la Seguridad Social correspondiente a ese ejercicio; y la cantidad a devolver por el contribuyente, como una minoración del gasto del ejercicio por cuotas satisfechas a la Seguridad Social y, en caso de que el importe a devolver superara a las cuotas satisfechas a la Seguridad Social, el importe del exceso de la cantidad a devolver sobre las cuotas satisfechas deberá reflejarse como un mayor rendimiento,..."