fin contrato un viernes

Nando_bcn

Miembro conocido
BSK dijo:
Nando_bcn dijo:
Es que con todo esto estamos llevando el debate de considerar forzosamente que hay que mantener el alta hasta el domingo, no ya a cuestionar que sea necesariamente la única opción y que sea anómalo dar de baja en viernes sino al otro extremo, es decir, que justo el manterner de alta hasta el domingo sea anómalo por ser contrario a la norma.

Y, rotundamente, yo no lo veo así

Al margen de quien tenga o no razón, sólo digo una cosa, hablo por los clientes que tengo yo, no se los que tenéis vosotros, pero yo le digo a mi cliente, "¡oye, que el trabajador termina hoy viernes pero ¿sabes qué? le voy a dar de baja el domingo para que cotice el descanso semanal!", automáticamente me diría, "mira dime la cuenta que me voy al despacho de la esquina.... "al margen de puntualizaciones legales de las que no pretendo quitar razones, esta es la realidad de España, creo yo.

Es que creo que no siempre nos referimos al mismo supuesto o circunstancias.
Tal vez no le reconozcas de oficio hacer lo que dices (aunquie yo lo suelo hacer. eso sí, pidiendole al trabajador que en el comununicado infomando de si baja indique la fecha correspondiente al domingo),  pero imagina que es el trabajador que te pide causar baja en domingo.  Si tu cliente se queja,  ¿qué le vas a decir?
Es que igual os sale la torta un pan, no ya por ser perfectamente reclamables esos dos días, es que, además, como ya hemos comentado, igual pos reclama por despido improcdente si resulta que si habiendo solicitado causar baja en tal fecha (el domingo) se la adelantáis por inciaitiva propia vuestra a dos días antes.

Saludos 

 

Nando_bcn

Miembro conocido
Mr. White dijo:
De hecho, Nando, si me preguntas si mi empresa paga el descanso semanal devengado en casos de bajas los viernes, por ser el más estandar, te diré que ni idea, porque nunca lo han reclamado ni individualmennte ni tampoco colectivamente, que es de lo que yo me encargo, de los juicios y las negcoaciones colectivas...

Pero me da a mí en la nariz que en esos casos damos de baja el domingo y fuera.

Pues entonces parece que los dos hacemos más o menos lo mismo, Mr. White, ante el mismo caso concreto y mismas circunstancias, creo que acabamos actuando igual.

Lo de cómo cotizar... se nota que no te ocupas de ello (sin duda no es la parte más interesante en Laboral, pero tiene su chicha) si lo hiceras, comprenderias mis dudas (y posiblemente las resolvieras), porque al final estas cosas hay que solventarlas tambien en esa custion y aso a bote pronto, por muy razonables, incluso originales, que me puedan parecer algunas de las propuestas planteadas, a nivel operativo no las acabo de ver (pero seguro que se le puede dar alguna vuelta, con tiempo y concentración)

Saludos
 

Nikki_sp

Miembro conocido
No se reclaman esos 2 dias por 2 motivos:

1.- La gente suele ser PADEFO

2.- El importe es menor que lo que te cobre un asesor/abogado, te vas a complicar la vida, te vas a enfrentar con la empresa y luego no te va a quedar mucho en neto.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Ya,pero es que yo, lo que veo que corresponde, si encima me lo reclaman, no lo cuestiono. 
Raro que soy.
Ahora si no está claro o encima tengo claro que no corresponde no doy el brazo a torcer tan fácilmente, al contrario
 

fundación

Miembro conocido
http://www.legaltoday.com/blogs/transversal/blog-lexa-jurisprudencia-laboral-novedosa/es-necesario-abonar-el-salario-correspondiente-al-sabado-y-al-domingo-cuando-los-trabajadores-fijos-discontinuos-son-dados-de-baja-un-viernes

Sentencia TSJ Madrid 902/2015.

Resumen: En su sentencia, el TSJ de Madrid establece que, en relación con los trabajadores fijos discontinuos, cuando estos cesan en la prestación de servicios y son dados de baja un viernes, la empresa debe abonar el salario correspondiente al sábado y domingo, por ser días de descanso generados durante la semana.
 

Archivos adjuntos

  • Sentencia-id169788.pdf
    52,9 KB · Visitas: 5
Arriba