No es obligatorio comunicar rendimientos netos, en todos los casos, antes del 31/10/2023

MarLo

Miembro conocido
Este mes ya toca ir adaptando la cotización de los clientes al nuevo sistema. Algo que nos puede ahorrar tiempo es evitar comunicar los datos de rendimientos para todos los autónomos que tenemos en cartera. La TGSS al principio nos indicaba que los autónomos tenían que hacerlo en el momento del alta, y para los autónomos que ya estaban dados de alta, en todo caso, había que hacerlo antes del 31/10/2023. Este último criterio se ha ido matizando y corrigiendo. Aparecía en los primeros powerpoint-presentación de la TGSS que se utilizaban para dar las charlas informativas

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Ahora ya se ha tachado esa obligación de comunicación de rendimientos para todos los autónomos (y han dejado el tachado haciendo evidente la corrección 👇), manteniendo una obligación genérica de comunicar ("se debe") cuando se detecte que la base actual no estaría en el tramo correspondiente para los rendimientos netos previstos, lo que permite que para todos los autónomos que estén en tramo, no tengamos que comunicar nada
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Ver la presentación y descargarla aquí: https://www.icab.es/export/sites/ic...eneric/TGSS-RETA-rendimientos-ICAB-130122.pdf

Pero en la misma presentación, página 63... se matiza algo más este "se debe" e indican que los datos de los rendimientos netos no deben comunicarse con la fecha tope del 31/10/2023, con una única excepción: que la base de cotización actual esté por debajo del tramo que resulte de los rendimientos previstos 👇. Pero en estos casos al hacer lo que será lo más habitual, que es subir la base de cotización del cliente, cumpliremos ya en ese momento, con la comunicación de los rendimientos netos




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Inma.2

Miembro conocido
gracias, por fin está claro!!
y de los autónomos TARIFA PLANA (que les prtenezca un tramo superior según su previsión de ingresos)que vais a hacer comunicarlo o no?? la verdad...es que me da miedito de que se lie el tema...
 

PEDRO

Miembro conocido
Yo tuve dos altas de tarifa y en las dos te pide que declares los ingresos.
Además en la pagina 10 del Boletín Red 01-2023 recoge lo siguiente:
6. La cuota reducida no será objeto de regularización, conforme a lo previsto en el artículo 308.1.c) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, durante el período previsto en el apartado 1.
Entiendo que si dice que no hay regularización significa que como todos los autónomos se declaran los rendimientos en el alta pero para esta caso no se consiederan.
 

MarLo

Miembro conocido
Yo tuve dos altas de tarifa y en las dos te pide que declares los ingresos.
Además en la pagina 10 del Boletín Red 01-2023 recoge lo siguiente:
6. La cuota reducida no será objeto de regularización, conforme a lo previsto en el artículo 308.1.c) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, durante el período previsto en el apartado 1.
Entiendo que si dice que no hay regularización significa que como todos los autónomos se declaran los rendimientos en el alta pero para esta caso no se consiederan.
es un caso a estudiar, los que ya tienen la tarifa plana, al estar excluidos de la regularización de cuotas, yo no mandaría previsión de rendimientos,

Notired dice que para conserva y aplicar las tarifas planas anteriores a enero de 2023, no hagamos nada... en todo caso, si vamos al literal de este párrafo, nunca perderíamos la tarifa plana haciendo nada :)

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PEDRO

Miembro conocido
Yo creo que mas bien se refiere lo que indica, al tema de la afiliación, pero que en los casos de tarifa plana anteriores al 2023 y posteriores aunque hagas al declaración no supone la pérdida de los beneficios.
 

MarLo

Miembro conocido
Yo creo que mas bien se refiere lo que indica, al tema de la afiliación, pero que en los casos de tarifa plana anteriores al 2023 y posteriores aunque hagas al declaración no supone la pérdida de los beneficios.
correcto, pero si la duda es si se está obligado o no a hacer la declaración, yo diría que no, y que si no se manda declaración, en todo caso, no afecta a la tarifa plana, que se mantiene (porque no hay que hacer nada para mantenerla tal y como indica notired arriba en la parte subrayada). Cuando se acabe la tarifa plana tocará ajustar y declarar
 
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PEDRO

Miembro conocido
Estamos todos como gallinas sin cabeza. Cada día todo es mas farragoso y complicado.
 

Raquelcs

Miembro activo
Acaba de llegarme un mail de la TGSS de mi provincia y aclara que no es necesario comunicar los RN de los autónomos dados de alta antes del 01/01/2023 salvo que haya modificaciones
 

Archivos adjuntos

  • COMUNICACIÓN DE RENDIMIENTOS NETOS PREVISTOS DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS.pdf
    306,2 KB · Visitas: 60

PEDRO

Miembro conocido
Voy a reirme por no llorar o empezar a correr como una gallina. Resulta que hablo con la administración de aquí de Oviedo y me dicen que todos tienen que presentar declaración si o si, sean tarifa plana, estén en IT o colaboradores, y ahora esto,
No sabes ni ellos lo que hay que hacer.
Acaba de llegarme un mail de la TGSS de mi provincia y aclara que no es necesario comunicar los RN de los autónomos dados de alta antes del 01/01/2023 salvo que haya modificacio sta mañana he abierto otro
Este medio día abrí otro CASIA adjunto tu pdf Raquelcs, espero que te moleste, porque ya te digo el jueves me dijeron desde la administración de aquí en Oviedo que había que presentar declaración de ingresos si ó si para todos los autónomos, y resulta que ya ves, en tu provincia no.
Y lo que me molesta es que ya los comuniqué en un montón de RETAs y claro si no hay que hacerlo trabajé para nada.
 

Raquelcs

Miembro activo
Voy a reirme por no llorar o empezar a correr como una gallina. Resulta que hablo con la administración de aquí de Oviedo y me dicen que todos tienen que presentar declaración si o si, sean tarifa plana, estén en IT o colaboradores, y ahora esto,
No sabes ni ellos lo que hay que hacer.

Este medio día abrí otro CASIA adjunto tu pdf Raquelcs, espero que te moleste, porque ya te digo el jueves me dijeron desde la administración de aquí en Oviedo que había que presentar declaración de ingresos si ó si para todos los autónomos, y resulta que ya ves, en tu provincia no.
Y lo que me molesta es que ya los comuniqué en un montón de RETAs y claro si no hay que hacerlo trabajé para nada.
Tranquilo, estamos todos locos con tanto cambio. A ver qué te contestan
 

MarLo

Miembro conocido
NO hay que presentar declaración si el autónomo está en tramo o lo que quiere es regularizar el año que viene. Muchas administraciones prefieren que suframos, antes que mojarse y estudiar con calma lo que responden. La propia ley no define esa obligación para los trabajadores que ya estaban dados de alta a fecha de 31/12/2022. Da algo de luz sobre esto, la transitoria sexta del RDL 13/2022, que expresamente deja fuera la declaración de ingresos, de la obligación para autónomos de comunicar datos antes del 31/10/2023 Pero como la propia ley puede ser interpretada... pues tenemos info de lo que va saliendo en internet que nos ayuda a entender y defender este argumentario, de que NO es obligatorio comunicar declaración de ingresos

Tenemos

1) La presentación que usa la TGSS en donde se tacha esa obligación en varios páginas, https://www.icab.es/export/sites/ic...eneric/TGSS-RETA-rendimientos-ICAB-130122.pdf,

A los pantallazos que ya puse arriba hay que añadir este de abajo 👇 que ya dejé en otro hilo y se me había pasado...

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2) La página informativa de TGSS en twitter a contestación de pregunta de Daniel Blas , ha comentado que se trata de un error entender que debe hacerse la comunicación en todo caso antes del 31/10/2023

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3) Este Jefe de Inspección 👇 en charlas informativas, también interpreta que si quieres quedarte como estabas no hay que hacer nada... que durante 2023,2024 y 2025 puedes regularizar y mantener la cuota por encima de tramo de ingresos sin notificarlos expresamente...


Por último, 4) la carta informativa que nos deja Raquelcs más arriba DP Álva https://foros.elasesorlaboral.com/t...-casos-antes-del-31-10-2023.32874/post-161365, yo creo que es ya el punto y final a esto que nos tiene de los nervios


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Más claro, imposible. Pero no obstante todo esto, que de verdad nos libera de mucho trabajo, como cada autónomo es un mundo, yo voy caso por caso, repasando todo, y pongo especial cuidado en los autónomos 1) colaboradores 2) con tarifa plana de antes de 2023 3) que tienen una cuota muy por debajo de ingresos. Así estoy haciendo, que no quiere decir que lo que yo haga sea lo correcto, pero es lo que quizás me permita capear todo este maldito embrollo sin morir en el intento y poder meterme a lo siguiente: recuento y notificación de actividades para marzo.

A ver cómo lo véis.

1 Para lo que están en tramo no hago nada. tarifas plana 2023 no hago nada. Para los que van con cuota por encima de tramo de ingresos: no hago nada, como mucho a los que sí se preocuparon de subir cuota (con vista a jubilación sobre todo) y ahora se quedan por encima del tramo de los ingresos habituales, les llamo para explicarles que transitoriamente pueden mantener cuotas por encima del tramo de ingresos durante 3 años, y que luego se verá... Para el resto me los apunto y tocará regularizar el año que viene y que tomen una decisión "in situ" cuando les digan si quieren el dinero o mantener cuota (en este grupo están los de las pérdida recurrentes o ingresos bajos toda la vida... tocará que se pongan las pilas y lo hablen con fiscal y que mi compi se ponga también las pilas que lo veo muy relajado :p)

2 Con los colaboradores, me fijo que al menos están con la cuota de base de 1.000. Yo estoy revisando y cambio bases a 1.000 quién esté en 960.60. A los que cambio, le meto como declaración de ingresos, o bien la suma de cuotas de seguridad social (si no tiene nómina) o meto importe de nóminas, si la tiene. Por ahora, no tengo ningún caso disparado de colaborador por encima de 1.000 de b.c. Si lo detecto, optaría por no tocar nada ni declarar nada y ya veríamos qué pasa el año que viene con la regularización...

3 Con la tarifa plana anterior a 2023, en aquellos casos que se ha revalorizado al 8,5% y tienen rendimientos en tramos bajos, les preguntaré a los clientes si quieren que solicite la retirada de la revalorización que supone un salto de 60 a 97 €. En este hilo https://foros.elasesorlaboral.com/threads/¿habeis-visto-la-nueva-cuota-autonomo-de-enero.32754/post-161004 otros compañeros indican como han ajustado las cuotas en estos casos. Optaré por meter escrito por registro especificando que lo que se solicita es retirada de revalorización. No lo enfocaré como un cambio de cuotas vinculado al nuevo régimen de cotización.

4 Cuando la tarifa plana anterior al 2023 se revaloriza y los ingresos que se prevén están muy por encima, hay que tener cuidado que sobre el exceso de base (sobre el mínimo que va con tarifa) no nos hagan la jugada de regularizarnos, porque puede salir una cuota importante por diferencias. Aquí, igual sí o sí hay que presentar escrito renunciando a la revalorización (a estudiar). Sobre esto saltó la advertencia en reflexiones siempre interesantes de Cachilipox aquí: https://foros.elasesorlaboral.com/threads/dudas-varias-autonomos.32922/

5 Para todos los autónomos en general, si tienen una cuota por debajo de su tramo de ingresos previstos (utilizando rendimientos del año pasado), yo estoy llamando e intentando ya hacer los cambios de cuota, antes de que regularicen el año que viene. En la medida de lo posible quiero que estén todos informados de que por diferencias les tocará pagar y que pueden ya ir solucionando la papeleta este año para no tener una sorpresa el año que viene y me digan a mí que a ver qué hice... tengo muchos societarios en esta situación y son los casos más delicados

6) jubilados activos: tengo algunos, en general, he visto que las diferencias, que puede haberlas, son pequeñas debido a las cotizaciones reducidas que tienen. No haré nada. Incluso tengo dos, así son las cosas, que en mi vida he visto cara a cara, son clientes de fiscal y no les he tramitado la jubilación ni los tengo autorizados en red.
 
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PEDRO

Miembro conocido
Jolín te los ha trabajado y bien, pero el problema está en que ni las administraciones se aclaran ellas. Como os he comentado en Oviedo me llamaron desde la propia administración y me dijeron que había que presentar declaración si o si para todo el mundo. Por contrato fíjate en Raquelcs a ella le llega un correo de su administración coincidiendo con lo que tu expones.
El caso es que yo ya he realizado un montón de comunicaciones, vamos que si la final no es necesario hacerlo en aquellas personas cuyas bases sean superiores a sus rendimientos netos he trabajado para nada, o la menos me he pegado la "pechada". Espero que luego no de problemas auqnue no veo en que dado que solo es una declaración, pero ya no me fio de nada, no me inspiran confianza.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Tengamos claro dos cosas (al menos esas dos):
Respecto de la cotización, esto de la comunicación de las previsiones no afecta para nada. Lo que no sea cotizado ex-ante, lo será ex-post mediante la regularización. Entre eso y las indefiniciones legales, supongo que se acogen algunas administraciones de la TGSS para establecer la no obligatoriedad, aunque sí conveniencia.
Pero....
Hay un objetivo POLÍTICO, digamos un "caprichito" del ministro Escribá (de hecho, son dos los caprichitos, esto de la comunicación de previsiones oscilantes, y lo de los nuevos planes de pensiones simplificados, a los que se dedicó nada más y nada menos que la mitad de todo el Notired 10/2022). Como estamos en el país en que estamos, al final política manda sobre gestión.
 

toni

Miembro conocido
Voy a tirarme a la piscina, pero a parte de los colaboradores que si voy a cambiar la base a 1.000, no voy a comunicar nada y, como dice @Cachilipox , en el 2024 (que entonces veremos las ventajas y desventajas de este metodo), abra un ex-ante y un ex-post. Se regularizara en mas o menos y a partir de entonces, aprenderemos el sistema.
 

Nikki_sp

Miembro conocido
yo estoy comunicando todo, se tarda poco la verdad y te evitas posible cambio de cambio de criterio en malas fechas
 
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