Otra de fijos discontinuos...

LABOR

Miembro activo
Yo también lo veo así y mi duda es con contratos 200 que ya estén vigentes; tengo varias empresas tipo "academia" " deportivas" que tienen contratos 200 que finalizan en Junio y si no tienen derecho a paro se puede montar gorda....
Se podría modificar el contrato a FD antes de Junio para regularizar la situación tras la RL y posibilitarles el cobro del paro?
 

LABOR

Miembro activo
O creeis que por ser contratos anteriores a la RL no les afectará? yo no me fío nada en todo caso del SEPE.......
 

MarLo

Miembro conocido
Yo también lo veo así y mi duda es con contratos 200 que ya estén vigentes; tengo varias empresas tipo "academia" " deportivas" que tienen contratos 200 que finalizan en Junio y si no tienen derecho a paro se puede montar gorda....
Se podría modificar el contrato a FD antes de Junio para regularizar la situación tras la RL y posibilitarles el cobro del paro?
Hola, entiendo que puedes si el convenio permite los FD parciales. Que inspección esté contestando tan claramente que no permitirá FD parciales si el convenio no lo regula, haciendo una interpretación rigurosa de lo hasta ahora publicado, supongo que tendrá mucho que ver con la posibilidad de acceder al paro que permiten los FD. Ojalá esto se aclare de una vez. Yo sé que en breve voy a tener hostelería pidiendo contratos para el verano, muchos a tiempo parcial (el convenio no permite los FD parciales) y no sé aún que enfoque darles.
 

toni

Miembro conocido
Menuda mierda... Como dije en otro post, como los convenios no se pongan las pilas las vamos a pasar putas... La semana que viene me reuno con las 3 escuelas, ya vere como enfocar la contratacion...
Que ganas tengo de jubilarmeeeeeeeeeeeeeeeee
 

laboral consultas

Miembro activo
Hola, sobre lo de la posibilidad de hacer un 200 y marcar inactividad 1 cobrando paro. Antes el artículo 267 1 d LGSS decía que encontrarán en situación legal de desempleo: "d) Durante los períodos de inactividad productiva de los trabajadores fijos discontinuos, incluidos los que realicen trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas. Las referencias a los fijos discontinuos del título III de esta ley y de su normativa de desarrollo incluyen también a los trabajadores que realicen trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas."

Ahora dice "d) Durante los períodos de inactividad productiva de los trabajadores fijos-discontinuos."

Se quitó la referencia a los fijos periódicos fechas ciertas. No sé si se llevó a otro punto pero en el párrafo que antes estaba, ya no está.

Por lo tanto, si los convenios no permiten FD a tiempo parcial, y la solución a la que nos derivan son los 200, ojo con las inactividades 1 porque los trabajadores igual no pueden cobrar el paro. Habría que despejar esta duda con el Sepe. Yo voy a ciegas, tengo nula experiencia en FD, y está duda me asaltó leyendo vuestros comentarios en hilos anteriores
Perdonar pero "joder" entonces como planteamos los contratos del personal que no hace servicios en fechas ciertas, son con jornadas a tiempo parcial y lógicamente tras fin actividad tienen que tener derecho al paro? necesito que me iluminen!!! yo estoy por seguir haciendo los FD a tiempo parcial y cruzar los dedos. por lo menos el desempleo lo seguirán cobrando y si viene Inspección se le podrá argumentar , espero, que la jornada parcial es porque son jornadas inferiores a 40h/s ya que tenemos dos durnos mañana y tarde.... como lo veis??
 

laboral consultas

Miembro activo
Menuda mierda... Como dije en otro post, como los convenios no se pongan las pilas las vamos a pasar putas... La semana que viene me reuno con las 3 escuelas, ya vere como enfocar la contratacion...
Que ganas tengo de jubilarmeeeeeeeeeeeeeeeee
Los convenios ponerse las pilas, muchos llevan años en
Hola, entiendo que puedes si el convenio permite los FD parciales. Que inspección esté contestando tan claramente que no permitirá FD parciales si el convenio no lo regula, haciendo una interpretación rigurosa de lo hasta ahora publicado, supongo que tendrá mucho que ver con la posibilidad de acceder al paro que permiten los FD. Ojalá esto se aclare de una vez. Yo sé que en breve voy a tener hostelería pidiendo contratos para el verano, muchos a tiempo parcial (el convenio no permite los FD parciales) y no sé aún que enfoque darles.
Hola, avisto el mes de abril y me entra pánico... has pensado como procederás en tu caso?
Creo que este verano me corto la venas.

3 escuelas de windsurf que contratan como 30 o 40 monitores cada una todos a 20 horas. El 95% de la plantilla son siempre los mismos. El convenio no dice nada de FD a tiempo parcial.

Empiezan temporada ahora en abril, pero a días sueltos, según grupos escolares y tal.

Puedo echar mano del cajon de sastre que son los 90 dias que nos regalan por la gracia de dios… pero del 01-06 a 15-09 ya son todos los dias y contando además los contratos de abril y mayo sueltos, es que no llego al final de verano…

Me surge la duda con la jodida reforma laboral si se puede hacer como hasta ahora, fijos 2xx a 20 horas y luego ponerlos en inactividad…

Alguna idea que me hago viejo y burro???

EDITO: Como me comenta el compañero Vila, ya esta puesto en otro hilo en el cual participo, pero ni me acordaba debido al cacao
mental que tengo con este tema, ademas de que no lo he puesto en el subforo correcto... Perdon.
hola, diviso el mes de abril y me entra pánico... ¿cómo vais a proceder con ese personal que trabaja en fechas ciertas o no ciertas con jornadas parciales y el convenio no indica nada de FDTP?
 

MarLo

Miembro conocido
Los convenios ponerse las pilas, muchos llevan años en

Hola, avisto el mes de abril y me entra pánico... has pensado como procederás en tu caso?

hola, diviso el mes de abril y me entra pánico... ¿cómo vais a proceder con ese personal que trabaja en fechas ciertas o no ciertas con jornadas parciales y el convenio no indica nada de FDTP?
no lo sé: depende. No creo que los convenios se pongan las pilas en breve ya que de negociar esto ya verás tú que movidas se van a montar, los sindicatos lo permitirán pero con sus contrapartidas.

Estoy viendo que hay quién ve posible utilizar en verano la bolsa de los 90 días, es decir, que lo de los 90 días vale para trabajos cíclicos o de temporada. Habrá algún restaurante o bar o pub u hotel pequeño en donde igual puedo encajar esta solución, sobre todo para lo que hacen tiempos parciales en dos o tres días a la semana y tienen lo fuerte en julio y agosto. Para lo demás seguramente iré a un 200. Aún no sé como hacer el alta ya que me pierdo un poco con cosas que tengo leído de repartir el tiempo parcial de forma anual, etc... y ponte tú a decirle ahora a un cliente que tiene que pagar aunque el trabajador esté en su casa... Espero que las cosas se vayan aclarando, tengo pendientes un par de charlas on line a ver si alguien da con la clave y dice claramente "esto se hace así así y así"... es fliplante que hagan una reforma en diciembre y tres meses después no se saquen instrucciones claras en este tema por parte de quién sea, que al final nosotros somos los currelas, carne de cañón de lo que interpreta la administración, asociaciones empresariales/sindicatos o los colegios profesionales
 
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Miembro activo
Yo creo que una opción a barajar es hacer el fijo discontinuo a jornada completa, y posteriormente un acuerdo de reducción de jornada.

Que venga el inspector y que diga que no se puede hacer... Porque entonces un fijo discontinuo tampoco puede pedir una reducción por guarda legal o cuidado de familiares.
 

DavidGA

Miembro activo
Bajo mi punto de vista, si no cabe el fijo discontinuo a tiempo parcial porque aún no lo permitan algunos los convenios colectivos, estoy barajando el indefinido a tiempo parcial + jornada concentrada... como lo veis?
 

VILA100

Miembro conocido
Bajo mi punto de vista, si no cabe el fijo discontinuo a tiempo parcial porque aún no lo permitan algunos los convenios colectivos, estoy barajando el indefinido a tiempo parcial + jornada concentrada... como lo veis?
El trabajador se queda sin paro….por la empresa…sin problema
salu2
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pero, es que un indefinido a tiempo parcial con jornada concentrada.... Es un fijo discontinuo actualmente.
 

Tácito

Miembro activo
Pero, es que un indefinido a tiempo parcial con jornada concentrada.... Es un fijo discontinuo actualmente.
Tiene razón Fernando, en el BR de enero ya lo indican:

Actuaciones a realizar: Los contratos para trabajos discontinuos que se repitan en fechas ciertas que se formalicen a partir de la fecha indicada, no se identificarán con los códigos de contratos de trabajo 2xx sino con los códigos 3xx.

Si se hace 2xx yo entiendo que esos trabajadores no tienen derecho a desempleo.
 

laboral consultas

Miembro activo
Tiene razón Fernando, en el BR de enero ya lo indican:

Actuaciones a realizar: Los contratos para trabajos discontinuos que se repitan en fechas ciertas que se formalicen a partir de la fecha indicada, no se identificarán con los códigos de contratos de trabajo 2xx sino con los códigos 3xx.

Si se hace 2xx yo entiendo que esos trabajadores no tienen derecho a desempleo.
pero entonces en el caso de fijos discontinuios que NO se repiten en fechas ciertas como inidcamos la jornada?
 

laboral consultas

Miembro activo
no lo sé: depende. No creo que los convenios se pongan las pilas en breve ya que de negociar esto ya verás tú que movidas se van a montar, los sindicatos lo permitirán pero con sus contrapartidas.

Estoy viendo que hay quién ve posible utilizar en verano la bolsa de los 90 días, es decir, que lo de los 90 días vale para trabajos cíclicos o de temporada. Habrá algún restaurante o bar o pub u hotel pequeño en donde igual puedo encajar esta solución, sobre todo para lo que hacen tiempos parciales en dos o tres días a la semana y tienen lo fuerte en julio y agosto. Para lo demás seguramente iré a un 200. Aún no sé como hacer el alta ya que me pierdo un poco con cosas que tengo leído de repartir el tiempo parcial de forma anual, etc... y ponte tú a decirle ahora a un cliente que tiene que pagar aunque el trabajador esté en su casa... Espero que las cosas se vayan aclarando, tengo pendientes un par de charlas on line a ver si alguien da con la clave y dice claramente "esto se hace así así y así"... es fliplante que hagan una reforma en diciembre y tres meses después no se saquen instrucciones claras en este tema por parte de quién sea, que al final nosotros somos los currelas, carne de cañón de lo que interpreta la administración, asociaciones empresariales/sindicatos o los colegios profesionalesS
SI en una de esas charlas MARLO das con la "solución" te agradecería nos iluminaras... gracias!!
 
Hola compañeros, gracias por la información que compartís y vuestro esfuerzo. Yo también me encuentro en la misma situación.......la empresa necesita hacer fijos discontinuos parcial y el convenio no lo recoge. He pensado como solución para salir al paso hasta que se aclare la cosa hacer contratos 200 y posteriormente transformarlos en fijos discontinuos, ganar algo de tiempo para que se clarifique esta rara situación, siempre que no se complique la cosa con ningún trabajador...., como la veis?
 

laboral consultas

Miembro activo
Hola compañeros, gracias por la información que compartís y vuestro esfuerzo. Yo también me encuentro en la misma situación.......la empresa necesita hacer fijos discontinuos parcial y el convenio no lo recoge. He pensado como solución para salir al paso hasta que se aclare la cosa hacer contratos 200 y posteriormente transformarlos en fijos discontinuos, ganar algo de tiempo para que se clarifique esta rara situación, siempre que no se complique la cosa con ningún trabajador...., como la veis?
Y los trabajadores estarán de acuerdo de pasar de indefinidos a fijo discontinuo? te lo firmarán? no sé no lo veo.
De todas maneras si nos remitimos al art. 16.:
Estos mismos convenios podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifiquen, la celebración a tiempo parcial de los contratos fijos-discontinuos, y la obligación de la sempresas de elaborar un censo anual del personalfijo-discontinuo.Asimismo, podrán establecer un periodo mínimo dellamamientoanualyunacuantíaporfindellamamiento a satisfacer por las empresas a laspersonas trabajadoras, cuando este coincida con laterminación de la actividad y no se produzca, sinsolución de continuidad, un nuevo llamamiento

Tampoco el art."prohibe" de manera literal en ningún momento los fijos disocntinuos tp, y entiendo que si la actividad lo "justifica" y el convenio no está "actualizado" quizás abriría una via para poderlos hacer fijos discontinuos TP justificando que la actividad lo requiere y que el convenio no está actualizado ,no?
 
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VILA100

Miembro conocido
Tiene razón Fernando, en el BR de enero ya lo indican:

Actuaciones a realizar: Los contratos para trabajos discontinuos que se repitan en fechas ciertas que se formalicen a partir de la fecha indicada, no se identificarán con los códigos de contratos de trabajo 2xx sino con los códigos 3xx.

Si se hace 2xx yo entiendo que esos trabajadores no tienen derecho a desempleo.
Interesante….me había pasado desaprecibido. Buena observación…
salu2
 

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Miembro activo
Si os fijáis tienen también una incongruencia con los fijos discontinuos en cotización.
Los fijos discontinuos a jornada completa cotizan como los trabajadores a parcial. Hay que indicar las horas en los ficheros y están sujetos al importe de cotización mínima por horas de los tiempos parciales.
Entonces para la TGSS los fijos discontinuos siempre son contratos a tiempo parcial.
 
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