Yo es que este tema me repatalea mucho. No sé cómo gestionáis vostros el tema de las empleadas de hogar, pero yo no realizo ningún seguimiento de mis clientes, ni me las asigno a mi autorización RED.
Yo cobro por el trámite o los trámites que me encargan. Que si hay que hacer un alta, pues la hago, a través de Importass y normalmente mediante acceso por SMS, les hago un contrato, una nómina modelo y lo facturo. QUe si hay que hacer una baja, pues la hago y la facturo...
Así que creo que los reponsables de modificar datos en caso de cambio de salario, SMI o lo que sea tienen que ser ellos. Y lo mismo con esta milonga de la prevención de datos.
Ahora la cuestión es si un empleador del hogar es un empresario y como tal tiene que estar obligado a conocer toda la normativa laboral y las novedades al respecto. ¿Ha mandado Trabajo un mail o comunicación a todos los empleadores sobre la obligatoriedad de la prevención? Creo que no, y creo que es lo primero que tendrían que haber hecho. ¿Se le puede pedir responsabilidades a un empleador por un cambio normativo posterior al alta que él hizo de su trabajador/a del hogar? No sé, tengo mis dudas.