Quiero un chupito- resumen prorrogas ERTE

pajarillo

Miembro conocido
Cita de: pajarillo en Hoy a las 01:58:40 pm
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2. Las empresas y entidades de cualquier sector o actividad que vean limitado el desarrollo normalizado de su actividad a consecuencia de decisiones o medidas adoptadas por las autoridades españolas, podrán beneficiarse, desde la entrada en vigor del presente real decreto-ley y en los centros afectados, previa autorización de un expediente de regulación temporal de empleo de fuerza mayor por limitaciones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 47.3 del Estatuto de los Trabajadores, de los porcentajes de exoneración siguientes:

En este apartado 2 del art.2 no se dice que las LIMITACIONES tengan que provenir de decisiones NUEVAS adoptadas por la autoridad gubernativa a partir del 1 de octubre, por tanto, si tengo una limitación de aforo del 40% en un restaurante desde antes del 01-10-2020, puedo aplicarme las exoneraciones previstas?, tengo que hacer un nuevo erte por limitaciones aunque tenga prorrogado otro?

Esta apreciación es muy interesante. Igual el no incluir a la hostelería en los CNAEs q se exoneran viene porque la hostelería toda tiene restricciones y si quieren exonerase tienen q iniciar un nuevo expediente. Pero queda la duda de si valen las limitaciones anteriores al la publicación de este RD/Ley

Efectívamente, ya que el apartado 1 del art. 2 habla de:

1. Las empresas y entidades de cualquier sector o actividad que vean impedido el desarrollo de su actividad en alguno de sus centros de trabajo, como consecuencia de NUEVAS restricciones o medidas de contención sanitaria adoptadas, a partir del 1 de octubre de 2020, por autoridades españolas o extranjeras, podrán beneficiarse, respecto de las personas trabajadoras que tengan sus actividades suspendidas, en los centros afectados, por los periodos y porcentajes de jornada afectados por la suspensión, de los porcentajes de exoneración previstos a continuación....

En este apartado 1 se habla de los ertes por rebrote, causados por la imposibilidad de continuar la actividad por NUEVAS restricciones de la autoridad gubernativa.

Pero en el apartado 2 solo se habla de que tienen derecho a las exoneraciones las empresas con limitaciones, punto pelota, sin indicar desde cuando están en vigor dichas limitaciones (que se entienden las de aforo, horario, etc), por tanto, reitero la pregunta, debo renunciar al erte actual y tramitar uno nuevo "previa autorización de un expediente de regulación temporal de empleo de fuerza mayor por limitaciones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 47.3 del Estatuto de los Trabajadores" para tener derecho a la exoneración?
 

LABOR

Miembro activo
A las empresas con ERTES de FM y que no son de los CNAE nuevos, se les acaban las exoneraciones pero pueden seguir, digamos trabajadores en ERTE ( con la consiguiente rebaja de salario).
Partiendo de eso, las empresas que aún tengan trabajadores en ERTE seguirán informando los calendarios ...etc todos los meses,
pero
respecto a aquellas empresas que ya han reincorporado a todos, yo creo no es bueno renunciar ahora ( y quedarse en su caso con la expectativa de hacer uno nuevo por limitaciones, sanidad...etc) ya que se puede dar la circunstancia de que necesitemos que algunos trabajadores puedan "volver" al ERTE FM - con reducción de salarios- y no puedan- ojalá- acogerse a un ERTE de los nuevos por no darse las por limitaciones o sanidad...…
Si renuncio ahora ya no podría luego "reincorporarlos" al ERTE FM
Lo veis así?
   
 

LABOR

Miembro activo
A PAJARILLO:
Bajo mi punto de vista, sí.....solo los NUEVOS cnaes y sus empresas satélites, Sanidad y limitaciones abren la puerta a las exoneraciones.
Yo entiendo que se deberá hacer un nuevo ERTE por NUEVAS circustancias.
 

Argi

Miembro conocido
LABOR dijo:
A las empresas con ERTES de FM y que no son de los CNAE nuevos, se les acaban las exoneraciones pero pueden seguir, digamos trabajadores en ERTE ( con la consiguiente rebaja de salario).
Partiendo de eso, las empresas que aún tengan trabajadores en ERTE seguirán informando los calendarios ...etc todos los meses,
pero
respecto a aquellas empresas que ya han reincorporado a todos, yo creo no es bueno renunciar ahora ( y quedarse en su caso con la expectativa de hacer uno nuevo por limitaciones, sanidad...etc) ya que se puede dar la circunstancia de que necesitemos que algunos trabajadores puedan "volver" al ERTE FM - con reducción de salarios- y no puedan- ojalá- acogerse a un ERTE de los nuevos por no darse las por limitaciones o sanidad...…
Si renuncio ahora ya no podría luego "reincorporarlos" al ERTE FM
Lo veis así?
 

Los que opten por no renunciar entiendo que deberan seguir haciendo mes a mes la DR 069
 

Pedro G

Miembro
Una pregunta, ¿en qué artículo aparece que se deba remitir el XML a la ITSS en los casos de prórroga de ERTE? Me refiero a los que no tienen derecho a exoneraciones.
 

Javie

Miembro
AL1978 dijo:
BLS dijo:
Fedayn dijo:
fgarciavarela dijo:
;D coincido

y los ERTE FM RDL 8/2020 latentes con todos reincorporados y sin exoneración, que haremos ahora? dejarlos son renunciar y latentes por si acaso hasta el 31/01?

Sobre esto, ¿Hay que hacer PROCERE para indicar ahora el 31/01/2021 como fecha fin?
Yo entiendo que si, por que en los pocos que yo hice la fecha fin era 30-09-2020

Pero si ya están reincorporados los trabajadores (ej el 15 de agosto) y se comunicó xml en su día, no tiene sentido que envíes el PROCERE. Si lo vuelves a meter al ERTE entendería que sí, pero si no está en ERTE y queda el expediente latente no lo veo lógico.

OJO
SI tienes un erte de FM con todos los trabajadores ya reincorporados, la inspección de trabajo de valencia mantiene que hay un ABUSO de dicha medida al seguir bonificándote...
Estoy en un curso on line y lo han dejado claro...
Otra cosa es que dejes a UNO sin sacarlo...
 

AL1978

Miembro conocido
Una pregunta, pero por qué vais a renunciar a los ERTES prorrogados hasta 31/01/2020? (todos los trab incorporados)

Mi intención es dejarlos latentes, evidentemente sin exoneración como ya venía haciendo de forma que

A) Mantengo la opción de reincorporar nuevamente al ERTE (Ya sin exoneración)
B) O si se dan las circunstancias, me acogeré a los nuevos con exenciones

No entiendo porque vais a renunciar a un ERTE que puede existir y coexistir (de lo poco claro que ha dejado ITSS), si luego tiene que mutar, morir o convertirse en dragón pues ya veremos
 

Nana

Miembro conocido
Pedro G dijo:
Una pregunta, ¿en qué artículo aparece que se deba remitir el XML a la ITSS en los casos de prórroga de ERTE? Me refiero a los que no tienen derecho a exoneraciones.

Hola Pedro, mira que me estoy lanzando a la piscina con doble tirabuzón y puedo caer de plancha, pero no recuerdo que aparezca en éste RDL 30/2020, solo que a la ITSS hay que comunicarle mediante XML, PROCEDERE o con apariciones marianas las fechas de los ERTE

A fecha de hoy, y a esta hora, ningún cliente me ha contestado, ergo mañana, si tengo noticias, comunicaré los nuevos fines a 31/01

Eso sí, ya tengo un cliente que me dice que como en Madrid en septiembre han restringido el aforo al 75% en su actividad, que le pida un ERTE por limitación... sigue con ERTE vigente y trabajadores con el contrato suspendido, ¿Cómo se haría? finalizo el ERTE y pido otro con los trabajadores afectados? No se puede hacer? Es a partir de octubre con las nuevas restricciones?

Mátame camión
 

Javie

Miembro
AL1978 dijo:
Una pregunta, pero por qué vais a renunciar a los ERTES prorrogados hasta 31/01/2020? (todos los trab incorporados)

Mi intención es dejarlos latentes, evidentemente sin exoneración como ya venía haciendo de forma que

A) Mantengo la opción de reincorporar nuevamente al ERTE (Ya sin exoneración)
B) O si se dan las circunstancias, me acogeré a los nuevos con exenciones

No entiendo porque vais a renunciar a un ERTE que puede existir y coexistir (de lo poco claro que ha dejado ITSS), si luego tiene que mutar, morir o convertirse en dragón pues ya veremos

La inspección ( VALENCIA )  dice que NO EXISTE LA CAUSA PARA MANTENERLO VIGENTE YA SI TODOS ESTAN INCORPORADOS. HABRÍA QUE TRAMITAR UNO POSTERIOR SEGUN SITUACION QUE SE DE: REBROTE, ETOP...
 

Javie

Miembro
Nana dijo:
Pedro G dijo:
Una pregunta, ¿en qué artículo aparece que se deba remitir el XML a la ITSS en los casos de prórroga de ERTE? Me refiero a los que no tienen derecho a exoneraciones.

Hola Pedro, mira que me estoy lanzando a la piscina con doble tirabuzón y puedo caer de plancha, pero no recuerdo que aparezca en éste RDL 30/2020, solo que a la ITSS hay que comunicarle mediante XML, PROCEDERE o con apariciones marianas las fechas de los ERTE

A fecha de hoy, y a esta hora, ningún cliente me ha contestado, ergo mañana, si tengo noticias, comunicaré los nuevos fines a 31/01

Eso sí, ya tengo un cliente que me dice que como en Madrid en septiembre han restringido el aforo al 75% en su actividad, que le pida un ERTE por limitación... sigue con ERTE vigente y trabajadores con el contrato suspendido, ¿Cómo se haría? finalizo el ERTE y pido otro con los trabajadores afectados? No se puede hacer? Es a partir de octubre con las nuevas restricciones?

Mátame camión

Hola Nana,

No sé muy bien como pero acaban de decir en una conferencia on line la inspección de trabajo que puede coexistir los dos ertes a la vez a partir de mañana...
 

astolito

Nuevo miembro
Un ERTE latente, con todos reincorporados y sin bonificar, entiendo que habría que analizar la causa por la que se pidió ya que puede darse el caso que cuando lo quieras reactivar sea por una causa diferente.
Por ejemplo lo pediste por falta de suministros  y luego te encuentras con que quieres reactivarlo por contagio de la plantilla, o por cierre de actividad.
La inspección podría echarlo por tierra.
 

AL1978

Miembro conocido
Javie dijo:
AL1978 dijo:
Una pregunta, pero por qué vais a renunciar a los ERTES prorrogados hasta 31/01/2020? (todos los trab incorporados)

Mi intención es dejarlos latentes, evidentemente sin exoneración como ya venía haciendo de forma que

A) Mantengo la opción de reincorporar nuevamente al ERTE (Ya sin exoneración)
B) O si se dan las circunstancias, me acogeré a los nuevos con exenciones

No entiendo porque vais a renunciar a un ERTE que puede existir y coexistir (de lo poco claro que ha dejado ITSS), si luego tiene que mutar, morir o convertirse en dragón pues ya veremos


La inspección ( VALENCIA )  dice que NO EXISTE LA CAUSA PARA MANTENERLO VIGENTE YA SI TODOS ESTAN INCORPORADOS. HABRÍA QUE TRAMITAR UNO POSTERIOR SEGUN SITUACION QUE SE DE: REBROTE, ETOP...

Si estoy de acuerdo, es por eso que no me exonero desde el momento que reincorporo todos los trabajadores. 
Pero si pueden coexistir no entiendo porque voy a cerrarlo si lo puedo mantener latente. De hecho no hay ningún abuso ya que no me estoy exonerando nada. Lo mantengo latente porque la ley lo ha prorrogado y porque si tengo que mutar a un ETOP la fecha de efectos será la del inicio de negociación (retroactivo) y no la del resultado de la misma (min 10 días).

 

AL1978

Miembro conocido
astolito dijo:
Un ERTE latente, con todos reincorporados y sin bonificar, entiendo que habría que analizar la causa por la que se pidió ya que puede darse el caso que cuando lo quieras reactivar sea por una causa diferente.
Por ejemplo lo pediste por falta de suministros  y luego te encuentras con que quieres reactivarlo por contagio de la plantilla, o por cierre de actividad.
La inspección podría echarlo por tierra.

Entiendo lo que dices y habrá que ver que opina  ITSS en la última nota aclaratoria hablaba de los ERTES latentes y los aceptaba....pero...
 

Fedayn

Miembro
[/quote]

Entiendo lo que dices y habrá que ver que opina  ITSS en la última nota aclaratoria hablaba de los ERTES latentes y los aceptaba....pero...
[/quote]

Sí, correcto, la nota de la ITSS de fecha 4 de septiembre dice hacia el final que el ERTE por rebrote puede coexistir con otros, incluidos los de los arts. 22 y 23 del RDL 8/2020.

 

Nana

Miembro conocido
He mandado un email al MTAS, a ver qué me dicen

Es un dejà vu, esto lo hemos vivido ya  ;D
 

PEDRO

Miembro conocido
Javie dijo:
AL1978 dijo:
BLS dijo:
Fedayn dijo:
fgarciavarela dijo:
;D coincido

y los ERTE FM RDL 8/2020 latentes con todos reincorporados y sin exoneración, que haremos ahora? dejarlos son renunciar y latentes por si acaso hasta el 31/01?

Sobre esto, ¿Hay que hacer PROCERE para indicar ahora el 31/01/2021 como fecha fin?
Yo entiendo que si, por que en los pocos que yo hice la fecha fin era 30-09-2020

Pero si ya están reincorporados los trabajadores (ej el 15 de agosto) y se comunicó xml en su día, no tiene sentido que envíes el PROCERE. Si lo vuelves a meter al ERTE entendería que sí, pero si no está en ERTE y queda el expediente latente no lo veo lógico.

OJO
SI tienes un erte de FM con todos los trabajadores ya reincorporados, la inspección de trabajo de valencia mantiene que hay un ABUSO de dicha medida al seguir bonificándote...
Estoy en un curso on line y lo han dejado claro...
Otra cosa es que dejes a UNO sin sacarlo...
Javi, este es un tema ya tratado en otro tema, el que si recuperas a toda la plantilla ya no puedes exonerar. No seré yo quien le lleve la contraria a la ITSS pero tanto el boletín noticias Red números 14 y 15 lo ponen buen claro, el que hayas recuperado a toda la plantilla no significa que pierdas las exenciones.
Sería un contrasentido que la TGSS dijera una cosa y la inspección otra.
 

Argi

Miembro conocido
A mí que esas interpretaciones sobre la No exoneración cuando se ha reincorporado a todos no me convence. Habrá que ver qué dicen los jueces si se meten en ese jardín
 

Jose Miguel

Nuevo miembro
Bueno vaya lio que ya hemos montado y lo que nos queda. Exoneraciones pues desde mi punto de vista si tienes un ERTE FM y estan vigentes hasta el 30 de septiembre, pues punto y mata, exonera aunque tengas todos los trabajadores incorporados nadie te lo impide, salvo que hayas renunciado al ERTE. Lo contrario si sería un abuso de derecho dejar un trabajador con el 40 % de la jornada en ERTE para aplicar exoneraciones a todos, eso si que sería abusar de ese derecho.
Que puedan existir al mismo tiempo ERTE de todo tipo, pues claro, es que hay empresas que tienen centros de trabajo por toda España y las circunstancias pueden ser muy diversas, imaginaros una empresa que tiene hoteles en varias provicncias y tiene un ERTE ETOP pactado con toda la plantilla y en una localidad por cualquier motivo un hotel que es un centro de trabajo claro, porque no puede plantear un ERTE FM en ese centro?, sería completamente ilógico. La inspección de trabajo tiene sus criterios y por desgracia son distintos en cada provincia, es que es la leche este pais, asi que no nos queda más remedio que adecuarnos a cada situación distinta. Los sanitario lo han tenido dificil y lo seguiran teniendo, pero nosotros también solo pensar en la cantidad de organismos con criterios distintos que dan su opinion sobre los ERTES. Lo de las autonomias es muy bonito pero muy poco práctico para estos casos y para otros como la sanidad y la educación, poque al final, acaban siendo reinos de taifas y aun encima gobernados por politicos que no conocen para nada la realidad economica y social del pais porque viven en su burbuja. Asi que otro chupito al cuerpo.
 

PEDRO

Miembro conocido
Entiendo que el espíritu de las exoneraciones, y que fue la queja de las empresas, es que primaban las exoneraciones por reactivar a los trabajadores frente a los que seguían. Sería una agravio para una empresa que recupera a su empleado que pierda la exoneración y otra lo recupera, pensemos con el 70 por 100.
Ademas, vuelvo sobre lo mismo, la TGSS en el boletín red 14 dice que puedes exonerar, y si lo dice es que la Dirección general de trabajo así lo determina. Pensemos que cuando adecuan el servicio para poder cotizar lo tienen bque hacer bajo lo acomodan en función de la ley.
Habrá que pelearse con ITSS.
 

VaneAlon

Miembro conocido
Una duda que me surge a estas horas de la noche en las que no puedo dormir... si a fecha d e hoy porrogas un ERTE FM realizando todos los trámites que conlleva porque ya no te da tiempo a realizar un ERTE ETOP,entiendo que puedes renunciar en cualquier momento y realizar el ERTE ETOP??

Es que como muchos de los ERTES de FM que tengo la causa de esa FM ya no existe me da miedo mantenerlos y que luego inspección diga que no son correctos y así puedo ganar tiempo para realizar un ERT ETOP


Como lo veis?
 
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