tema plan pensiones convenio construcción

CHARO

Miembro conocido
Ni va al 111 ni va al 190.

Va al 345 y las claves son C01 contribuciones del promotor y C03 Aportaciones que deriven de una aportacion del trabajador y que constituya retribuicion en especie para el mismo.
En este caso A3nom me lo está haciendo mal, porque a mi me salen las aportaciones en el certificado de IRPF :rolleyes:
 

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  • DOC230224-23022024091431.pdf
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Dolores

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Buenos días a tod@s!!
Yo creé ayer por fin todo en A3Nom y tengo las nóminas (gracias a vuestra ayuda, sois geniales).
Pero A3 no calcula aún las exoneraciones no?
Por otro lado, tengo un cliente que se niega a implantarlo...
Voy a escribirle un email con las posibles sanciones. Entiendo que una sería la infracción muy grave por el incumplimiento reiterado del pago salario debido.
Por dónde creéis que tirará la inspección con las sanciones? También podría ser no ingresar en plazo las cotizaciones, incumplimiento de convenio...?
Muchas gracias de nuevo y feliz viernes a tod@s
Te pego la respuesta que tienen en la guía sobre consecuencias de la no implantación:
"Al considerarse salario, la empresa que no realice las contribuciones en la cuantía, forma y plazos establecidos, estaría incumpliendo el Convenio General del Sector de la Construcción, el Estatuto de Trabajadores y demás normativa de aplicación. Debe de tenerse en cuanta que la obligación de las empresas referente a ingresar las contribuciones de sus personas trabajadoras debe relacionarse, por un lado, con su naturaleza salarial y por otro con el principio establecido en el Pacto de Toledo 2020 referente a potenciar y dotar de estabilización a los sistemas de previsión social complementarios. Esta doble condición avala el deber de ingresar la contribución empresarial con un carácter reforzado en cuanto a las responsabilidades derivadas de su falta de ingreso, por lo que ha de prestarse especial diligencia por parte de las empresas para evitar incurrir en incumplimientos normativos de los que podrían no ser conscientes por lo novedoso de la cuestión."
 

Inma.2

Miembro conocido
Buenos días compañer@,
pues me ha surgido la siguiente duda ¿la aportación al plan es proporcional a la jornada???,
 

CRAD

Nuevo miembro
Hay que tener en cuenta lo que dice la normal: "...si la persona trabajadora prestase servicios durante todo el año 20XX a tiempo completo o, en su defecto, de la parte proporcional correspondiente."
Con que un solo día no haya estado dado de alta, no hay que abonar atrasos.
Entonces de los fijos discontinuos no habría que abonar atrasos entiendo, no?
 
Buenos días, yo puse PES sector de la construcción, lo puso un compañero en el foro. Lo hice desde el móvil, a continuación recibí el correo de Vida Caixa para activar la cuenta.
Buenas Maria, y que correo electrónico pusiste? el vuestro o el del cliente? Por que yo quiero poner el de la gestoría pero no se si me dejara hacerlo ya que tengo varios clientes en la construcción.
 

Alexia

Miembro activo
En este caso A3nom me lo está haciendo mal, porque a mi me salen las aportaciones en el certificado de IRPF :rolleyes:
Hola Charo,
mira que hayas seguido bien todos los pasos que marca A3 para la creación del concepto (adjunto). Yo lo hice tal cual pone aquí y no me lo lleva ni a 111 ni a 190, y sí me lo lleva al modelo 345.
Por cierto, me confirma el Sr. Ayala que el modelo 345 debe ser presentado por las empresas (se presenta anualmente como el modelo 190). Lo comento porque en este tema hay respuestas que dicen que sí lo hay que presentar y otras que entienden que no porque lo presenta VidaCaixa. Vamos, que LA EMPRESA SÍ PRESENTA 345
 

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  • ¿Cómo informar un Plan de pensiones_.pdf
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Alexia

Miembro activo
Te pego la respuesta que tienen en la guía sobre consecuencias de la no implantación:
"Al considerarse salario, la empresa que no realice las contribuciones en la cuantía, forma y plazos establecidos, estaría incumpliendo el Convenio General del Sector de la Construcción, el Estatuto de Trabajadores y demás normativa de aplicación. Debe de tenerse en cuanta que la obligación de las empresas referente a ingresar las contribuciones de sus personas trabajadoras debe relacionarse, por un lado, con su naturaleza salarial y por otro con el principio establecido en el Pacto de Toledo 2020 referente a potenciar y dotar de estabilización a los sistemas de previsión social complementarios. Esta doble condición avala el deber de ingresar la contribución empresarial con un carácter reforzado en cuanto a las responsabilidades derivadas de su falta de ingreso, por lo que ha de prestarse especial diligencia por parte de las empresas para evitar incurrir en incumplimientos normativos de los que podrían no ser conscientes por lo novedoso de la cuestión."
Muchas gracias Dolores
 

Alake

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Buenas.
A mi me ha surgido una duda, adelantándome a los acontecimientos, porque creo que de los atrasos no nos salva nadie. Si el concepto de plan de empleo no lleva asociado CRA... ¿en la comunicación de CRA de los atrasos, tampoco llevaría? Gracias
 

CHARO

Miembro conocido
Hola Charo,
mira que hayas seguido bien todos los pasos que marca A3 para la creación del concepto (adjunto). Yo lo hice tal cual pone aquí y no me lo lleva ni a 111 ni a 190, y sí me lo lleva al modelo 345.
Por cierto, me confirma el Sr. Ayala que el modelo 345 debe ser presentado por las empresas (se presenta anualmente como el modelo 190). Lo comento porque en este tema hay respuestas que dicen que sí lo hay que presentar y otras que entienden que no porque lo presenta VidaCaixa. Vamos, que LA EMPRESA SÍ PRESENTA 345
Muchas gracias Alexia, esa es la guía que he seguido a pies juntillas , pero a parte de que el programa me saca el 345 que sería lo correcto (por cierto muchas gracias por la aclaración de que la empresa debe presentarlo, es otra duda que tenía), a mi en el certificado del IRPF del trabajador me informa la aportación a Plan de Pensiones, y tengo la duda de si así debe ser, o lo está haciendo mal.
 

Kalin

Miembro activo
Lo pregunto tambien por aqui, que tenéis empresas de construcción en Bizkaia, como estáis haciendo???? Por lo que tengo entendido, aqui se esta a la espera de que se desarrolle una EPSV especifica para este tema. Alguien puede confirmar algo al respecto??
 

Dolores

Nuevo miembro
Buenos días compañer@,
pues me ha surgido la siguiente duda ¿la aportación al plan es proporcional a la jornada???,
Proporcional a la jornada y a los días de alta del mes. Y si hay una IT que no entre en las excepciones también hay que mirar que lo cobre solo por los días que no estuvo de baja...Una fiesta todo.
 

Anai

Nuevo miembro
Muchas gracias Alexia, esa es la guía que he seguido a pies juntillas , pero a parte de que el programa me saca el 345 que sería lo correcto (por cierto muchas gracias por la aclaración de que la empresa debe presentarlo, es otra duda que tenía), a mi en el certificado del IRPF del trabajador me informa la aportación a Plan de Pensiones, y tengo la duda de si así debe ser, o lo está haciendo mal.
Hola Charo, a mi me pasa lo mismo. En el 111 y 190 es cierto que no sale la aportación como salario en especie y el 345 lo saca correcto, pero en los certificados de IRPF de los trabajadores sí que aparecen las aportaciones.

En teoría debe aparecer cuando marcas el indicador, pero a mi me salen también sin marcarlo, así que no sé si es algún error del programa o que yo he hecho algo mal..

Recuerda que…

Si se informa un concepto de Planes de Pensiones solo aparecerán en el Certificado de Ingresos y Retenciones si, al listarlo, tienes activado el indicador “Imprimir las Aportaciones a Planes de Pensiones o Mutualidades del trabajador”.

1708689840528.png
 

JIMORRISON

Miembro
Buenos días,
Tengo varias empresas de Construcción de la provincia de Toledo, estoy revisando y en la última modificación del convenio 03/02/2023 no aparecen las cantidad a abonar en concepto de Plan de Pensiones, en esa actualización hace referencia a que se reuniran para sacar los importes, pero hasta el momento no se han reunido. ¿ Qué importe se tendría que retribuir en el mes de febrero 2024 y con carácter retroactivo de los años pasados ? Gracias.-
 

Inma.2

Miembro conocido
Buenos días,
Tengo varias empresas de Construcción de la provincia de Toledo, estoy revisando y en la última modificación del convenio 03/02/2023 no aparecen las cantidad a abonar en concepto de Plan de Pensiones, en esa actualización hace referencia a que se reuniran para sacar los importes, pero hasta el momento no se han reunido. ¿ Qué importe se tendría que retribuir en el mes de febrero 2024 y con carácter retroactivo de los años pasados ? Gracias.-
2. La contribución empresarial, durante la vigencia del contrato de trabajo, por aquellas personas trabajadoras que se estableciesen como partícipes en el Libro Tercero al que se refiere el apartado anterior, será la siguiente:
a) En 2022, de un 1,00 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2021 del convenio colectivo que resulte de aplicación, si la persona trabajadora prestase servicios durante todo el año 2022 a tiempo completo o, en su defecto, de la parte proporcional correspondiente.
b) En 2023, de un 1,00 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2021 del convenio colectivo que resulte de aplicación, si la persona trabajadora prestase servicios durante todo el año 2023 a tiempo completo o, en su defecto, de la parte proporcional correspondiente.
c) En 2024, de un 1,00 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2021 del convenio colectivo que resulte de aplicación, más un 0,25 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2023 del convenio colectivo que resulte de aplicación, si la persona trabajadora prestase servicios durante todo el año 2024 a tiempo completo o, en su defecto, de la parte proporcional correspondiente.
d) En 2025 se renegociarán las contribuciones al plan de pensiones
 

CHARO

Miembro conocido
Hola Charo, a mi me pasa lo mismo. En el 111 y 190 es cierto que no sale la aportación como salario en especie y el 345 lo saca correcto, pero en los certificados de IRPF de los trabajadores sí que aparecen las aportaciones.

En teoría debe aparecer cuando marcas el indicador, pero a mi me salen también sin marcarlo, así que no sé si es algún error del programa o que yo he hecho algo mal..

Recuerda que…

Si se informa un concepto de Planes de Pensiones solo aparecerán en el Certificado de Ingresos y Retenciones si, al listarlo, tienes activado el indicador “Imprimir las Aportaciones a Planes de Pensiones o Mutualidades del trabajador”.

Ver el archivos adjunto 2637
Pero, lo correcto es que aparezcan??? esa es mi pregunta. Hay quién me dice que si, hay quién me dice que no, y hay ando...
 

Alexia

Miembro activo
Muchas gracias Alexia, esa es la guía que he seguido a pies juntillas , pero a parte de que el programa me saca el 345 que sería lo correcto (por cierto muchas gracias por la aclaración de que la empresa debe presentarlo, es otra duda que tenía), a mi en el certificado del IRPF del trabajador me informa la aportación a Plan de Pensiones, y tengo la duda de si así debe ser, o lo está haciendo mal.
No había mirado el certificado de retenciones, pero a mí también me recoge la aportación en el apartado "Contribuciones empresariales a planes de pensiones, planes de previsión social empresarial y mutualidades de previsión social, así como aportaciones a estos sistemas de previsión social que deriven de una decisión del trabajador, que reduzcan la base imponible del IRPF (excepto a seguros colectivos de dependencia)", entiendo que será correcto que se incluya ahí. He intentado llamar a A3 pero deben estar colapsados porque no hubo manera. Buen finde a todos, ya queda menos
 
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