tema plan pensiones convenio construcción

Víctor

Miembro
muchas gracias, ya una ultima pregunta. En el fichero de cotización me puedes decir los códigos que te salen y lo que incluye cada uno? es que creo que uno es el 301 pero ahí no se qué se incluye.
Lo siento no te puedo ayudar, solo he hecho una prueba y no he generado el fichero, hasta marzo que presente los seguros sociales de febrero que hay si que aplicaré el plan de pensiones no se como aparecerá.
 

Inma.2

Miembro conocido
Tengo reunión con la asociación de promotores en día 23. A ver si nos permiten escaquearnos renunciando el trabajador y abonando dicha cantidad en nómina.
en una webinar que he asistido, decían que era irrenunciable por su naturaleza salarial, a ver que te cuentan a ti....
 

Adras27

Miembro
Buenas! Alguien ha intentado darse de alta en la plataforma VidaCaixa? Por lo que dicen los manuales para dar de alta al usuario es necesario realizarlo mediante verificación de videollamada, esto lo tiene que hacer la propia empresa constructora o las asesorias que vamos a gestionar la aplicación y posteriormente dar de alta a las empresas?
 

APL

Miembro
... ya iréis contando, yo ya maldije a VidaCaixa y toda su estirpe
He intentado registrarme haciendo el paripé tras aceptar permisos para validar DNI y la parte trasera del mismo al menos en mi caso, no lleva manera a reconocerlo
No tengo ni tiempo, ni paciencia para con la de "tiberios" que tenemos por sacar, ponerme a darle puñetazos a la pantalla del PC
Volveré en unas semanas a intentarlo, porque está claro que con ésta como con la mayoría de las novedades, querer adelantarse es currar 2 veces y perder un valioso tiempo
 

valky

Miembro activo
Buenos días,
En archivo adjunto envío contestación de la TGSS a duda planteada por la CNC, respecto a la cotización de las aportaciones de los planes de pensiones en el Sector de la Construcción.
 

Archivos adjuntos

  • TGSS ACLARACION COTIZACIÓN PLAN PENSIONES.pdf
    812,9 KB · Visitas: 137

FAsesor

Miembro
alguno puede decirme algo porfa?
Indicarte que es un concepto en especie que no tributa pero si cotiza.
El código CRA es el: 9998. Es decir, no se incluye en el fichero, ya que se envían los importes en el fichero AFI de comunicación de aportaciones.
En el código 500 y 601 irá el total de la base de cotización.
En el código 301 se incluye la base de cotización excluyendo las cantidades de las aportaciones empresariales.

Espero haberte ayudado
 

Alake

Nuevo miembro
Buenas. Yo tengo dudas en cuanto a la aplicación del importe del plan cuando el trabajador está en incapacidad temporal. ¿Se proporciona al periodo de alta? ¿Se paga íntegro el importe? ¿Alguien tiene idea?
Muchas gracias
 

Inma.2

Miembro conocido
Buenas. Yo tengo dudas en cuanto a la aplicación del importe del plan cuando el trabajador está en incapacidad temporal. ¿Se proporciona al periodo de alta? ¿Se paga íntegro el importe? ¿Alguien tiene idea?
Muchas gracias
mírate esto....
¿Existe algún caso en el que una entidad promotora pueda interrumpir las contribuciones al PPSC?
La entidad promotora podrá suspender la contribución en los casos siguientes:
a) Jubilación parcial del partícipe cuando éste hubiese optado por cobrar la prestación derivada de la contingencia de jubilación.
b) Durante el período de inactividad en los contratos de trabajo fijos‐discontinuos.
c) Extinción de la relación laboral del Partícipe con su Entidad Promotora.
d) Cuando el Partícipe se encuentre en situación de excedencia o tenga suspendida temporalmente su relación laboral con su Entidad Promotora por
alguna de las causas legalmente previstas, con las siguientes excepciones:
I. Nacimiento, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural de un menor de nueve meses de la mujer trabajadora, adopción
y guarda con fines de adopción o acogimiento.
II. Durante la reducción de jornada en los supuestos regulados en el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores.
III. Incapacidad temporal del partícipe, derivada de enfermedad profesional y accidente laboral durante el período que dure esta situación.
IV. Incapacidad temporal del partícipe, derivada de enfermedad común y accidente no laboral, siempre que sea necesaria la hospitalización,
durante el período de ésta y los sesenta días siguientes, siempre que continúe en situación de incapacidad temporal.
V. Cierre del centro de trabajo
 

YOLI

Miembro activo
Indicarte que es un concepto en especie que no tributa pero si cotiza.
El código CRA es el: 9998. Es decir, no se incluye en el fichero, ya que se envían los importes en el fichero AFI de comunicación de aportaciones.
En el código 500 y 601 irá el total de la base de cotización.
En el código 301 se incluye la base de cotización excluyendo las cantidades de las aportaciones empresariales.

Espero haberte ayudado
Muchas gracias.
 

YOLI

Miembro activo
mírate esto....
¿Existe algún caso en el que una entidad promotora pueda interrumpir las contribuciones al PPSC?
La entidad promotora podrá suspender la contribución en los casos siguientes:
a) Jubilación parcial del partícipe cuando éste hubiese optado por cobrar la prestación derivada de la contingencia de jubilación.
b) Durante el período de inactividad en los contratos de trabajo fijos‐discontinuos.
c) Extinción de la relación laboral del Partícipe con su Entidad Promotora.
d) Cuando el Partícipe se encuentre en situación de excedencia o tenga suspendida temporalmente su relación laboral con su Entidad Promotora por
alguna de las causas legalmente previstas, con las siguientes excepciones:
I. Nacimiento, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural de un menor de nueve meses de la mujer trabajadora, adopción
y guarda con fines de adopción o acogimiento.
II. Durante la reducción de jornada en los supuestos regulados en el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores.
III. Incapacidad temporal del partícipe, derivada de enfermedad profesional y accidente laboral durante el período que dure esta situación.
IV. Incapacidad temporal del partícipe, derivada de enfermedad común y accidente no laboral, siempre que sea necesaria la hospitalización,
durante el período de ésta y los sesenta días siguientes, siempre que continúe en situación de incapacidad temporal.
V. Cierre del centro de trabajo
o sea, que cuando están de baja médica o de paternidad también hay que incluirlo en nómina?
 

GLORIA

Nuevo miembro
en el fichero de afiliación¿
no entiendo! yo pensaba que había que enviar un fichero ad hoc con las aportaciones del plan pero desconocía que había que enviar ficheros AFI mensuales de todas las empresas
Eso tengo entendido pero no sé bien cómo. Primero se envía ese fichero y luego el de bases?
 

GLORIA

Nuevo miembro
En las tablas del convenio de Madrid también vienen detallados los importe de paga extra de aportación al plan de pensiones ¿En el momento de paga extra habrá que incluirla en el recibo de salarios? Dos aportaciones al plan en los meses de paga extra?
 

GLORIA

Nuevo miembro
En Madrid también hay importe de aportación de paga extra ¿los meses de paga extra se harán dos aportaciones?
 

FAsesor

Miembro
Eso tengo entendido pero no sé bien cómo. Primero se envía ese fichero y luego el de bases?
Primero debes comunicar el fichero de afiliación de la Comunicación de contribuciones a planes de pensiones de empleo. En este fichero se incluirán los importes de las aportaciones de cada trabajador.

Una vez informado, se puede realizar la comunicación del fichero de bases
 

YOLI

Miembro activo
Eso tengo entendido pero no sé bien cómo. Primero se envía ese fichero y luego el de bases?
eso es, primero a mes vencido y antes de enviar los ficheros de bases tienes que hacer la anotación a través de afiliacion de los trabajados que tengan plan informando del nombre y del importe y nombre de la gestora del plan de cada uno de los trabajadores. Esto es para que luego te puedan aplicar las bonificaciones.

posteriormente envias el fichero de bases
 

YOLI

Miembro activo
En las tablas del convenio de Madrid también vienen detallados los importe de paga extra de aportación al plan de pensiones ¿En el momento de paga extra habrá que incluirla en el recibo de salarios? Dos aportaciones al plan en los meses de paga extra?
yo lo que voy a hacer es que si anualmente son por ejemplo 200 € dividir ese importe entre doce meses y arreando. Todos los meses el mismo importe y fiesta.
 
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