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Según los redactados anteriores y actual de la norma, sí varía.
Antes era por mero "parentesco", con independencia de convivencia y efectivo cuidado.
Ahora es más largo, pero requiere convivencia y cuidados.
Para el mero parentesco no conviviente, antes amparados en el permiso 37.3.b) del ET...
Si el coste va a ser 0, quizás mejor "no meneallo".
Esto de las prácticas curriculares (una asignatura más), tienen un plazo para realizarse, y una horas que hay que completar. Si el estudiante no las realiza, "suspende" las prácticas.
Para eso, el nuevo permiso de ausencias por horas de hasta 4 días al año.
No requiere convivencia, ni gravedad, sino solo necesidad de asistencia acreditada
Los requisitos del permiso de 5 días por cuidados son 2:
.- "que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio"
.- "que requiera el cuidado efectivo de aquella"
Es el efecto gramatical de la coma, "...anteriores , que conviva...".
La convivencia no es algo que se aplique solo a...
LGSS, artículo 173
"...En caso de enfermedad común o de accidente no laboral, el subsidio se abonará a partir del cuarto día de baja en el trabajo, si bien desde el día cuarto al decimoquinto de baja, ambos inclusive, el subsidio estará a cargo del empresario..."
RD 53/1980, artículo único
"La...
Creo que el inciso de la "conformación" no tiene nada que ver con el hecho que sea una ausencia retribuida (siempre), sino con el hecho de "cuantas horas de ausencia son 4 días al año equivalentes". Ese cómputo de equivalencia lo deja al albur del convenio o acuerdo de empresa.
En ausencia de...
Irá por el mismo camino.
Desde la LO 3/2022, "de lege" ya no hay diferencias entre enseñanza reglada (ciclos formativos FP), y formación ocupacional (CPs).
Ahora los CPs son "grado C" de formación profesional, y los ciclos formativos son "grado D" o "grado E" de formación profesional.
De hecho...
Hay que esperar al BOE.
Pero de momento, por elucubrar un poco en base a lo publicado y no publicado:
El de 5 días, es por "días enteros", y requiere una justificación bastante.
El de 4 días, es "por horas sueltas hasta un equivalente a" 4 días de jornada al año, y al parecer, es mucho más laxo...
Los riesgos psico-sociales son el pan de cada día en oficinas y despachos.
Es OBLIGATORIO tener contratado un servicio de vigilancia de la salud, y es OBLIGATORIO ofrecer a los trabajadores las correspondientes revisiones médicas.
Tan OBLIGATORIO como pagarles puntualmente las nóminas o cotizar...
El servicio de vigilancia de la salud, obligatorio, debe ser externo necesariamente.
Lo habitual es que los servicios externos de PRL ofrezcan packs modulares, pero solo la contratación de la vigilancia de la salud te cuesta casi el coste del pack completo.
Aparenta muy feo.
Tengo a alguien contratado por 1/2 jornada, y le pago salario de 1/2 jornada, pero en verdad, se pasa la jornada completa en la empresa, pero claro, la mitad del tiempo es solo "en prácticas no remuneradas", y la otra mitad, relación laboral productiva.
Por poder, si lo tienes...
No se da ningún supuesto directo explícito de encuadramiento en RETA (aunque por "resonancia", se le parezca....).
Así que por defecto, al régimen que todo lo abarca, salvo que corresponda uno especial: RG.
Como tal, no, al ser la causa de incumplimiento de la permanencia no voluntaria del trabajador, y si plenamente intencional del empresario.
Es un caso muy similar a si el trabajador ha disfrutado de más vacaciones que las devengadas, y es despedido antes de completar el ciclo del devengo.
No se...
La situación legal de cese de actividad por pérdidas, Art. 331.1.a) 1º de la LGSS, no exige ningún periodo "de comparación", tan solo que "en un año completo" existan pérdidas superiores al 10 % del volumen de negocio.
Ese "un año completo" las mutuas lo han interpretado no como los inmediatos y...
Un pensamiento, que puede estar muy equivocado: los disciplinarios "mal apañados" salen, en general, más baratos, por ignorancia y/o desidia de la parte trabajadora (sea la propia persona interesada, sea su letrado asesor).
Casi siempre se va a reclamar simplemente el fallo formal, e intentar...
Obviamente, en términos meramente dinerarios, es así.
Puestos a pagar, sale más barato [disciplinario mal montado + improcedencia], que no [objetivo 20 días + preaviso + complemento hasta improcedente].
Otra cosa diferente es ponderar el riesgo que incurres de una nulidad.
Un despido objetivo...
Lo del "rapidito, que va a coger una baja", es tontería.
Si se hace bien hecho un disciplinario, con sus notificaciones, apertura de expediente y tal, aunque en el momento concreto de materializar la baja el trabajador esté en IT, del propio expediente disciplinario de deduciría muy claramente...
Ese es un aspecto de condiciones materiales y de personal de prestación del servicio, y tiene regulación autonómica.
En Catalunya, por ejemplo (Decreto 284/1996):
Ese "director técnico", con la correspondiente cualificación profesional específica, es independiente del cargo de director-gerente...
El único requisito es tener una previsión de ingresos muy baja.
Quedan fuera de eso, obviamente, los tarifaplanas (tienen una base mínima fija especial), los "artistas de espectáculos públicos autónomos de muy escasos rendimientos", los "miembros de cooperativas de venta ambulante", y algún caso...
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