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Pues yo me encontré un truco para que me aparezca cuando por algún motivo al buscar por apellidos no te aparece.
Si entras en RED en modificación de empresas, donde anotamos los socios y administradores de las empresas, le dices a una empresa cualquiera añadir nuevo socio, pones solo el dni y al...
Si no acudes a la revisión de la Mutua, te quitan la prestación, si es la revisión de su médico de cabecera, es probable que le den el alta, pero para ello consulta primero por si acaso.
En ese permiso no hace distinción, aunque se pueda entender que es para la mujer.
Me suena tener algún convenio que sé que detalla que es para ambos, puedo buscarlo si necesitáis, y a día de hoy diría que, con todo el tema de igualdad, se entienda que ambos puedan ejercer el derecho. Un poco...
En teoría solo podría disfrutarlas dentro de los 12 meses despues del parto, por lo que después del año entiendo que no tiene derecho y lo pierde.
"Las 10 semanas restantes se disfrutarán en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro de los 12 meses siguientes al parto o bien...
Hay que saber si el complemento de baja es a salario o a base reguladora, ya que podria tener atrasos del período en IT aunque fuese la misma base porque el salario si estaría actualizado.
Supongamos que empieza el 2 y el 11 tiene la baja, del 2 al 10 son 9 días de trabajo, la BR será la parte de salario correspondiente a esos 9 días entre 9.
Mira el enlace que ha puesto MiriamSR.
Por aquí hacíamos lo mismo hasta q salió la normativa, se explicó a todos los clientes y se trato de facilitarles la forma de llevar el registro, ya que es lo que pide la inspección, el resto no te servirá ya que piden hora de entrada y salida firmada por el trabajador diariamente y actualizada.
Pon el Seguro Social en carta de pago, ya q si lo cargan en cuenta y se paga... ya no puedes hacer nada aunque tuvieras hecha la solicitud de aplazamiento previamente
Yo creo que si porque si hubiese tenido ese salario actualizado, en el momento de la paternidad lo hubiese cobrado del INSS al 100%.
Pero ese pago de 1250 euros lo cotizas como atraso o lo abonas y cotizas en 2024 como un complemento de forma puntual?
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