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Los trabajadores traspasados o son subrogados con mantenimiento de antigüedad o son despedidos e indemnizados, con lo cual serían nuevas incorporaciones en la nueva actividad.
Esta es una de las barbaridades que vamos a sufrir durante unos meses, hasta que los funcionarios de la Administración digieran los cambios (si es que los digieren alguna vez), con el consiguiente perjuicio para todos nosotros.
Muy bien. Yo también suelo pedir todo por mail, que las palabras se las lleva el viento. Me chirría la gente (los clientes, quiero decir) que solo quiere comunicarse por teléfono.
Pues no puntualizaron, pero entiendo que a esos efectos es indiferente, aunque lo suyo sería comunicarlo en octubre para empezar a regularizar ya en el mes de enero.
Puesto que ya cotiza por la base máxima, solo tiene que comunicar que quiere mantener esta base (o renunciar a la regularización) cuando publiquen la forma en que hemos de hacerlo, pero no antes del 30 de septiembre porque no se trata de cambiar la base, sino de mantenerla.
Pues qué quieres que te diga, que no me parece mal que los piratas reciban su merecido, que todos somos sus víctimas.
Hay algo que siempre me ha sorprendido, que elogiemos a los malos y nos solidaricemos con ellos, al igual que se suele hacer con los ricos, estatus que nosotros nunca vamos a...
Sí, pero también te digo que si la diferencia es muy grande, la Tesorería de la Seg. Social puede determinar que el autónomo ha actuado con mala fe, pues a sabiendas de que procede una regularización desde el minuto 1, no ha dicho nada para posponer el pago hasta el segundo semestre de 2024...
Bien, pues parece que, efectivamente, para los societarios ya no va a tener efectos la base mínima del grupo 1, es decir, los 1.234,80 y podrán elegir otra inferior no menos de 1.000. Así pues, entiendo que los societarios interesados en cotizar menos, y cuyos ingresos sean por ejemplo una...
Sobre este caso leí hace años una sentencia donde, efectivamente, se obligó a la empresa a abonar las pagas basándose en que, al estar prohibido el prorrateo, lo que lucía en nómina como pagas extraordinarias debía considerarse "otro" emolumento que la empresa le pagaba voluntariamente.
Sanción...
Yo a final de mes tengo charleta con una mutua, y he adelantado las dudas, entre ellas esta del mantenimiento de de sobrecotización. Ya os comentaré la respuesta que me dan.
Pero Argi, esto son conjeturas de una periodista con carácter previo a la publicación del Real Decreto. No me merece credibilidad ninguna, básicamente porque contradice lo publicado en la norma.
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