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Lo cierto que son ellos los que tienen que pedir los justificantes. Ellos avisan que nos pueden pedir justificantes, a ver cuantos piden. No os alarméis tanto antes de tiempo.
Además de alguno que yo suponía que estaban hechos, me han llegado dos que he dado de alta ahora en julio... para que elija la actividad!!! Flipo... pero si los acabo de dar de alta ahora!!! me muero...:ROFLMAO:
No trato de A Coruña, me cae un poco lejos ... pero también entiendo que tendría que ser un convenio de la Madera... has mirado el ámbito funcional de los convenios????
Pues no lo he hecho, pero el mes pasado me marearon con una empresa. No me llegaba la confirmación y a los días me mandaron un mail diciendo que por problemas xyz el fichero no había entrado, que lo volviera a gestionar. Eso hice y me llegó la confirmación. Pero luego a final de mes me vuelven...
Las altas las hago siempre a mano, por remesa me escarmenté hace años y prefiero verlo todo en el acto. Ayer las altas que hice todas iban como siempre, TA2 + IDC. Pero vaya, ya avisaron en el boletín 8 que iban a tocar cosas.... que pesadilla
buf... ok. Estabamos probando ahora hacer el pago de autoliquidaciones que dices... pues vaya. Nada vamos a intentar pedir al banco que lo hagan ellos y nos manden el NRC, a ver si les funciona a ellos..
Cuando se paga por horas en esas horas van incluidas las vacaciones, porque la norma establece el mínimo por horas así... Entonces cuando la persona empleada se coge vacaciones no tiene salario, puesto que no trabaja.... Pero sigue de alta y el empleador cotizando...
Esta mañana he mandado un CASIA con un CNAE equivocado desde 1997. Les he mandado el alta de autónomos (que por suerte tenía archivada) y me lo han corregido en minutos... No he tenido que hacer nada
Gracias por la aportación! Pues lo que sospechaba es, necesitaba pensar que me estaba pasando algo por alto para poder decir a la clientela que estuviera tranquila, un autoengaño deseado. En fin, son las reglas de juego
Estoy dando mil vueltas y es que ahora dudo de todo. Me preguntó una empresa que quiere hacer un contrato para la temporada de verano a una mujer que tiene un bebé de mes y medio... Y me preguntaron si puede pedir la suspensión del contrato. Y no hago más que darle vueltas al tema y al final...
Yo tampoco se si os entiendo bien.
Sólo se seguro que los NRC si se han generado hay que presentar la declaración el mismo día... ... Pero al revés??? Si es así, que hacéis presentarla con reconocimiento de deuda y luego que el cliente pague???? No lo he hecho nunca así... eso decís...
creo que se refieren a esto:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2024/c18-cuota-liquida-resultante-autoliquidacion/regularizacion-situaciones-tributarias/supuestos-especificos-irpf/percepcion-atrasos-rendimientos-trabajo.html
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