Lo que yo he entendido es que para las altas y bajas de prácticas no remuneradas que se produzcan entre el 01/01/2024 y 20/03/2024 dan un plazo de 10 días naturales para la comunicación en RED. Lo cual me viene muy bien porque tengo un alta del día 2 y todavía no tengo ni pajolera idea de qué tengo que hacer. Llamo a RED y me dicen que han habilitado una opción para dar de alta el CCC. Y leyendo los BNR solo veo que se pueda mediante CASIA, enviando documentación que aún ni tengo.al final se ha prorrogado el plazo para la comunicación de las altas de alumnos de "prácticas no remuneradas"????
yo interpreto que el plazo se amplía hasta el 31/03, incluidas las ya iniciadas en el 2023 (que siguen en vigor) en el 2024, o eso quiero ver..... porque estoy como tú atascada y CASIA con el tema pendiente de estudio....Lo que yo he entendido es que para las altas y bajas de prácticas no remuneradas que se produzcan entre el 01/01/2024 y 20/03/2024 dan un plazo de 10 días naturales para la comunicación en RED. Lo cual me viene muy bien porque tengo un alta del día 2 y todavía no tengo ni pajolera idea de qué tengo que hacer. Llamo a RED y me dicen que han habilitado una opción para dar de alta el CCC. Y leyendo los BNR solo veo que se pueda mediante CASIA, enviando documentación que aún ni tengo.
Perdón, también aportamos convenio de colaboración con la universidad donde consta que las prácticas no son remuneradas.Por si sirve de ayuda, tenemos en una empresa a un chico haciendo practicas no remuneradas desde el 20 de diciembre hasta el 1 de marzo de 2024. El jueves solicitamos por CASIA ccc secundario para practicas no remuneradas TRL993, adjuntando TA7 firmado por la empresa. El viernes emitieron resolución asignando CCC segundario y tramitamos on line alta del "becario" con fecha 1/1/2024.
Yo le he hecho igualPor si sirve de ayuda, tenemos en una empresa a un chico haciendo practicas no remuneradas desde el 20 de diciembre hasta el 1 de marzo de 2024. El jueves solicitamos por CASIA ccc secundario para practicas no remuneradas TRL993, adjuntando TA7 firmado por la empresa. El viernes emitieron resolución asignando CCC segundario y tramitamos on line alta del "becario" con fecha 1/1/2024.
¿Se sabe algo de los RLCE 9928? ¿Hay que cambiarlos a RLCE 9939?Puse un CASIA realizando esa consulta y la respuesta ha sido que trasladaron la consulta a la central y al no recibir respuesta la cierran el caso. Por asimilación a lo que hay que realizar con los que realizan prácticas curriculares no remuneradas a quienes debemos de dar de alta a partir del 01-01-2024 entiendo que deberíamos cambiar al RLCE 9939 a los remunerados (pero seguro al menos yo, no tengo nada).
Para todos aquellos que han comenzado las prácticas curriculares remuneradas con anterioridad al 01-01-2024 hay que realizar trámite CASIA para que modifiquen el RLCE al 9939, así lo he entendido y acabo de enviar los CASIA oportunos aportando los ANEXOS DE PRÁCTICAS por si acaso... ya veremos si todo es tan fácil con CASIA.Buenas. Según el BNR 9/2023 la identificación de las prácticas formativas o académicas externas remuneradas se seguirá realizando a través de los CCC ya existentes con TRL 986 (hasta aquí todo queda como antes respecto de las prácticas remuneradas).
Los alumnos que realicen prácticas formativas o académicas externas remuneradas, a los que resulte de aplicación la DA 52ª LGSS, se identificarán con el valor 9939 -PRÁCTICAS FORM.REMUNERADAS DA52LGSS del campo RELACIÓN LABORAL DE CARÁCTER ESPECIAL.
Según el nuevo aviso de fecha 4 de enero, respecto de los alumnos remunerados, se indica que "en el caso de que dichos movimientos sean continuación de prácticas iniciadas con fecha anterior a 01.01.2024, no resulta posible su mecanización a través del Sistema RED, por lo que se deberá solicitar el alta de dichos estudiantes en prácticas a través del trámite Casia Afiliación, altas y bajas/ Alta Trabajadores por cuenta ajena / Prácticas remuneradas RLCE 9928/27/23/22"
¿Quiere decir que se debe cambiar la RLCE de los alumnos que figuran en alta desde antes del 01-01-2024 y que tengan una RLCE 9922/23/27/28?
¿O es sólo para los alumnos remunerados nuevos a partir del 01-01-2024, dejando como están las anteriores RLCE?
El nuevo aviso me ha dejado con dudas.