Respuesta de CASIA:
Pregunta:
Hola. Voy a volver a insistir, CASO P0006060631. En el regimen general, si no me confirmáis lo contrario (en ese caso si me podéis indicar donde aparece en la normativa), NO ha habido cambio en los tipos de cotización. Por tanto, si no hay cambios en la cotización y la empresa esta por encima de las bases mínimas, debemos enviar rectificativa o no? (Y por favor, si es posible, una respuesta binaria estaría bien. Para que queda MUY claro lo que hay que hacer)
Respuesta:
Buenos días; Tienen que rectificar la relación de empresas que les han comunicado por el correo de TComunica. Tal y como le indicaron anteriormente esta rectificación la pueden realizar solicitando rectificación online o a través de fichero. Recordamos que una vez rectificadas las liquidaciones tienen que volver a ser confirmadas por el usuario. Muchas gracias
TODO EL QUE TENGA LA GRACIA DE CORREO A MANDAR RECIFICADAS Y A REZAR PARA QUE SE PUEDA CONFIRMAR A TIEMPO HEHE