La solicitud colectiva no se debe enviar en ningún caso durante el mes de octubre
El plazo comienza el 1 de noviembre en caso de que ya tengamos la resolución de la autoridad laboral, o el día que la tengamos si es POSTERIOR.
Una solicitud enviada en octubre, estaría enviada ANTES del inicio del plazo y quien sabe si podría no tener validez.
Pensemos que el inicio de esa prestación es 1/11/2021. El plazo de presentación de cualquier solicitud de desempleo siempre arranca a partir de la fecha de inicio de la situación de desempleo. Un trabajador no puede solicitar la prestación ANTES de la fecha de efectos. Quizá esto sería equivalente
OTRA COSA es lo que hay que enviar a MITES. Eso sí es 5 días hábiles desde la aprobación de la prórroga (si es que algún día crean el formulario)
El plazo comienza el 1 de noviembre en caso de que ya tengamos la resolución de la autoridad laboral, o el día que la tengamos si es POSTERIOR.
Una solicitud enviada en octubre, estaría enviada ANTES del inicio del plazo y quien sabe si podría no tener validez.
Pensemos que el inicio de esa prestación es 1/11/2021. El plazo de presentación de cualquier solicitud de desempleo siempre arranca a partir de la fecha de inicio de la situación de desempleo. Un trabajador no puede solicitar la prestación ANTES de la fecha de efectos. Quizá esto sería equivalente
OTRA COSA es lo que hay que enviar a MITES. Eso sí es 5 días hábiles desde la aprobación de la prórroga (si es que algún día crean el formulario)