Sí, y para despedir a conciliación muchos de ellos.Explícale tu ahora a los clientes que cuando contraten tienen que ser con contratos indefinidos...
Que regalico de navidad mas bueno xe
Por lo menos algo que queda igual...He oído a Yolanda Diaz en la SER y parece que las indemnizaciones no las tocan, como concesión a la patronal, ya que han concedido a los sindicatos que los convenios de empresa deban asimilar, a efectos salariales, los convenios sectoriales
Lo que me descuadra es el tema de la eventualidad, hasta que no vea la redacción no voy a terminar de entenderlo bien, en teoría son contrataciones por un máximo de 90 días pero para campañas especificas puede aumentarse a 180 días, y lo que hasta ahora eran 24 meses para considerar a un empleado fijo ahora baja a 18...
Tengo que empollarme la nueva ley pero lo haré cuando termine mis vacaciones
Pues más fácil es, "puedes elegir entre contrato indefinido y contrato indefinido"...Explícale tu ahora a los clientes que cuando contraten tienen que ser con contratos indefinidos...
Que regalico de navidad mas bueno xe
Esa es otra, y un gasto extra para la empresa por tramitar la conciliación en el SMAC..Sí, y para despedir a conciliación muchos de ellos.
Habrá quien no quiera ir
Por lo menos algo que queda igual...
Como bien decís solo nos queda esperar a ver qué, cómo y cuándo publican...
Pero esto no es para ya!? como no se cansan de dicir que Europa quería la reforma aprobada en diciembre yo pensé que se aprobaba la próxima semana...Esperar al BOE, que aun tiene que pasar por el senado creo y van a cambiar cosas seguro...
crean como dos tipos de contratos temporales. por causas imprevisibles de hasta 6 meses (ampliable a 12 por convenio) y por causas previsibles de hasta 90 días pero que no pueden ir los 90 días to seguidos... eso entiendo yo... pero bueno... a ver cómo sale el texto...He oído a Yolanda Diaz en la SER y parece que las indemnizaciones no las tocan, como concesión a la patronal, ya que han concedido a los sindicatos que los convenios de empresa deban asimilar, a efectos salariales, los convenios sectoriales
Lo que me descuadra es el tema de la eventualidad, hasta que no vea la redacción no voy a terminar de entenderlo bien, en teoría son contrataciones por un máximo de 90 días pero para campañas especificas puede aumentarse a 180 días, y lo que hasta ahora eran 24 meses para considerar a un empleado fijo ahora baja a 18...
Tengo que empollarme la nueva ley pero lo haré cuando termine mis vacaciones
os veo muy llorones con el tema contraro temporal . La norrma ha sido siempre la misma y sabeis que la ha habeis incumplido en la gran mayoria de los casos, si el puesto de trabajo es indefinido el contrato es indefinido, todo lo demas es hacerse trampas al solitario. Y parece mentira que sois asesores legales, pero es que es asi.
Contratas indefinido a un trabajador y cuando no te interese lo despides, pagas tu udemnizacion y todo legal. Asi es como lo contempla la norma y asi es como lo hacemos algunos. Que para un contrato de seis meses se trata de una indemnizacion de 12 dias de año.
y como siempre digo yo, le dais la.vuelta a la mesa os poneis en el papel del trabajador y os planteais si preferis que os den un contrato temporal o uno indefinido.
dicho esto, feliz navidad
La mayoría de los que estamos aquí no estamos ni a un lado de la mesa ni al otro, más bien estamos en un esquinita recibiendo collejas (al menos últimamente) de todas partes. Así, que sí estamos "llorones" es porque finalmente nos toque perder si un empresario quiere hacer pirulas o un trabajador también las hace aprovechando que es la parte "débil".os veo muy llorones con el tema contraro temporal . La norrma ha sido siempre la misma y sabeis que la ha habeis incumplido en la gran mayoria de los casos, si el puesto de trabajo es indefinido el contrato es indefinido, todo lo demas es hacerse trampas al solitario. Y parece mentira que sois asesores legales, pero es que es asi.
Contratas indefinido a un trabajador y cuando no te interese lo despides, pagas tu udemnizacion y todo legal. Asi es como lo contempla la norma y asi es como lo hacemos algunos. Que para un contrato de seis meses se trata de una indemnizacion de 12 dias de año.
y como siempre digo yo, le dais la.vuelta a la mesa os poneis en el papel del trabajador y os planteais si preferis que os den un contrato temporal o uno indefinido.
dicho esto, feliz navidad
Te me has adelantado por poco..."Contratas indefinido a un trabajador y cuando no te interese lo despides, pagas tu udemnizacion y todo legal." pues mira... la ley es la que es (una mierda) y hacemos nuestro trabajo de la mejor forma posible, pero también sabemos que no se pueden hacer despidos "cuando no te interese un trabajador" cómo si todo fuese así de sencillo. Cuántos nos habrán dicho" lo despido pagando lo que haga falta" y tenemos que responder... "quieto ahí que esto no funciona de esa manera..."
No estamos adelantando un poco al tema y a saber después como queda todo. Pero los que llevamos un tiempo en esto ya tuvimos una reforma de este tipo en 1997, ¿Te acuerdas Toni que antes aparte de los contratos de interinidad, obra y eventuales había aquellos contratos con una duración de tres años por lanzamiento de nueva actividad o los fomento de empleo? eso si que era "montar" contratos unos encima de otros. Contratos que iban en prórrogas de 6 meses en 6 meses, y en le caso de los eventuales eran de 6 meses tope, pero las prórrogas se podían hacer de mes a mes.Chic@s, que estamos en Navidad... PAZ!!!
Ufff, claro que me acuerdo, a llovido mucho desde entonces. El de lanzamiento de nueva actividad era lo mas....No estamos adelantando un poco al tema y a saber después como queda todo. Pero los que llevamos un tiempo en esto ya tuvimos una reforma de este tipo en 1997, ¿Te acuerdas Toni que antes aparte de los contratos de interinidad, obra y eventuales había aquellos contratos con una duración de tres años por lanzamiento de nueva actividad o los fomento de empleo? eso si que era "montar" contratos unos encima de otros. Contratos que iban en prórrogas de 6 meses en 6 meses, y en le caso de los eventuales eran de 6 meses tope, pero las prórrogas se podían hacer de mes a mes.
Pues después de esa reforma los quitaron, todos pensamos que pasaría como ahora, y ya veis estamos con el mismo problema de la contratación temproral.
¿Te acuerdas Toni? ¿os acordáis alguno mas?