NUEVA COTIZACIÓN AUTÓNOMOS 2023

pajarillo

Miembro conocido
Recomiendo muchísimo el vídeo que refería en mi mensaje largo de antes. Puedo pasar el video de la jornada por privado.
 
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pajarillo

Miembro conocido
Me ha venido el primer autónomo a pedirme que le explique todo esto. Le he tenido que cobrar 50 €
 

pajarillo

Miembro conocido
Parece que el tipo de cotización por contingencias comunes se queda en el 28,3%, en lugar del 28,9% que se había comentado.

Habrá que añadir el MEI del 0,6 %,

Por tanto el total se cotizará por el 31,2 %
 

PEDRO

Miembro conocido
Parece que el tipo de cotización por contingencias comunes se queda en el 28,3%, en lugar del 28,9% que se había comentado.

Habrá que añadir el MEI del 0,6 %,

Por tanto el total se cotizará por el 31,2 %
¿Es definitivo el 31,20%? porque creo que recordar que en una charla a la que habías asistido comentaste que sería sobre 31,80%.
 

pajarillo

Miembro conocido
  • Para las contingencias comunes, un 28,30%
  • Para contingencias profesionales, un 1,30%
  • Para cese de actividad, un 0,9%
  • Para formación profesional, un 0,10%
  • Para MEI, un 0,60%
Total: 31,2%

En la charla esta que dije, supongo que todavía se preveía que contingencias comunes iban a ser el 28,9%.
Por cierto. Puedo pasar la contraseña por privado.
 
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Anavale

Miembro activo
  • Para las contingencias comunes, un 28,30%
  • Para contingencias profesionales, un 1,30%
  • Para cese de actividad, un 0,9%
  • Para formación profesional, un 0,10%
  • Para MEI, un 0,60%
Total: 31,2%

En la charla esta que dije, supongo que todavía se preveía que contingencias comunes iban a ser el 28,9%
Gracias! es verdad, me había hecho la picha un lio
 

CARLY

Miembro
A ver si me entero yo, la posibilidad de hacer la primera regularización, es a partir del 1 de Enero hasta el 28 de Febrero, verdad? si la hago el día 1 de Enero, para cuando tendra validad esta regularización? suponiendo que sea para Marzo, que es como tengo yo entendido, Enero y Febrero lo van a regularizar si o si el proximo año verdad?
 

pajarillo

Miembro conocido
A ver si me entero yo, la posibilidad de hacer la primera regularización, es a partir del 1 de Enero hasta el 28 de Febrero, verdad? si la hago el día 1 de Enero, para cuando tendra validad esta regularización? suponiendo que sea para Marzo, que es como tengo yo entendido, Enero y Febrero lo van a regularizar si o si el proximo año verdad?

Posiblemente.
Todo depende de los rendimientos anuales.
Pero si por lo que fuera, se infracotizase por esos meses, siempre puedes ajustar al alza la base de cotización en los meses de marzo a diciembre para compensar la diferencia, incluso seleccionando una base de cotización superior a la que realmente le corresponda (ojo, acuérdate en 2024 de actualizar los los rendimientos comunicados y a Seguridad Social seleccionando la base de cotización del tramo que realmente le corresponda).
 

Bruma

Miembro activo
¿Habéis intentado modificar la base de algún autónomo? Yo lo he intentado con un administrador societario y no lo he conseguido, ni poniendo "otra base" (1.000,00 €) ni poniendo la mínima, y ni por red ni directamente con el certificado del autónomo. Parece que está deshabilitado el procedimiento.
 

mariajrv

Nuevo miembro
no se si a alguien le habrá surgido la duda que planteo, los autónomos societarios en los que concurra la circunstancia de tener además una actividad profesional y cotizar como societario en seguridad social y por la actividad profesional a traves de una mutualidad tienen rendimientos de actividad económica profesional, le contabilizan esos??
 

Anavale

Miembro activo
Pero, dice que la base mínima autónomo colaborador será 1000€. Tenemos que subirla nosotros o lo harán ellos automáticamente? y a la tarifa bonificada que tienen, les subirá el 0,6%?
 

Cachilipox

Miembro conocido
no se si a alguien le habrá surgido la duda que planteo, los autónomos societarios en los que concurra la circunstancia de tener además una actividad profesional y cotizar como societario en seguridad social y por la actividad profesional a traves de una mutualidad tienen rendimientos de actividad económica profesional, le contabilizan esos??
Por lo dicho por ahí, y tal y como está redactado el nuevo sistema, si hay RETA, se regulariza contando TODO como del RETA.

Ejemplo, arquitecto (mutualidad HNA), que además, tenga una SL promotora de obras y sea administrador (RETA).
Para la regularización RETA se tienen en cuenta todos los rendimientos, tanto los honorarios profesionales propios como los rendimientos empresariales de la mercantil.
 

Inma.2

Miembro activo
Pues yo he modificado bases de autónomos sin problemas
pues yo he intentado informar la mínima de la tabla reducida (tramo1) por el IMPORTASS y no me ha dejado, me ha colocado la mínima actual para autónomo persona física (960,60) y me indicaba que no podía informa por debajo del mínimo, por lo que presumo que hasta el 1 de enero no podremos y será efectivo para el 1 de marzo.
no creéis???
 

PEDRO

Miembro conocido
Me parece que Importass no está aun operativo si quieres cambiar la base lo tienes que hacer como hasta ahora por la web, ahí si te lo deja cambiar.
 
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