Plan de pensiones construcción atrasos

melania

Nuevo miembro
Hola a todos,
Ando liada con las L03, vais a hacer una L03 ( con todos los trabajadores) por año verdad??? osea, una L03 2022, una 2023 y otra enero 2024..
Por que si tengo que hacer una por cada mes... vaya faena....
Los CRA los hemos enviado en el concepto 33, estamos esperando las respuestas...
Muchas gracias.
 

toni

Miembro conocido
Hola a todos,
Ando liada con las L03, vais a hacer una L03 ( con todos los trabajadores) por año verdad??? osea, una L03 2022, una 2023 y otra enero 2024..
Por que si tengo que hacer una por cada mes... vaya faena....
Los CRA los hemos enviado en el concepto 33, estamos esperando las respuestas...
Muchas gracias.
Asi es...
 

YOLI

Miembro activo
Pero entonces en qué quedamos? porque en el boletin RED ponía que los atrasos en el CRA tenian que aparecer como 0033 y en ese documento que habeis pasado de la Tesorería de Valencia pone que con el CRA 0009
Los que habeis pasado ya los CRA os han dado error con el CRA 0033?
 

granirman

Nuevo miembro
Para los atrasos no hay que hacer la SAA, pues estos no tienen reduccion...
Gracias por la respuesta.

¿Y eso de que no tienen reducción de dónde sale exactamente? Porque ni en la norma ni del BNR encuentro nada al respecto (aunque pensando un poco entiendo que el movimiento SAA sobre meses ya liquidados dará error, pero eso sería una limitación técnica, no legal), y el BNR tiene un apartado específico con las exclusiones.

Supuestos en los que no resulta de aplicación la reducción de cuotas
No se aplicará la reducción en aquellos supuestos en los que la aportación al plan de pensiones no implique un
incremento de la base de cotización por contingencias comunes, ni por tanto, un incremento de la cuota. Por este
motivo, no se calculará en aquellos supuestos en los que la base de cotización no venga determinada por las
retribuciones percibidas:
▪ Colectivos de bases o cuotas fijas: Grupos segundo y tercero del Régimen Especial del Mar (0812, 0813,
0814), Minería del Carbón (0911), contratos de formación en alternancia (TRL 087), Programas de
formación (TRL 986), colectivos de religiosos con cotización por base fija o situaciones de alta sin percibo
de retribución (PEC 20).
▪ Situaciones de incapacidad temporal, nacimiento y cuidado del menor, y riesgo durante el embarazo o
la lactancia.
▪ Artistas (Régimen 0112) y profesionales taurinos (Régimen 0114).
▪ Situaciones de suspensión o reducción de jornada, por la parte de la jornada laboral no trabajada, por
expediente de regulación temporal de empleo.
De igual forma no resultará de aplicación a aquellos trabajadores que, con los conceptos retributivos abonados
distintos a los de la contribución empresarial a los planes de pensiones de empleo, alcancen el tope máximo de
cotización o trabajadores que las retribuciones no alcancen la base mínima de su grupo de cotización.


Tengo un cliente con más de 12.000 euros en atrasos y la diferencia entre poder aplicarse reducción o no es un pico.
 

toni

Miembro conocido
Pero entonces en qué quedamos? porque en el boletin RED ponía que los atrasos en el CRA tenian que aparecer como 0033 y en ese documento que habeis pasado de la Tesorería de Valencia pone que con el CRA 0009
Los que habeis pasado ya los CRA os han dado error con el CRA 0033?
Yo los he pasado con el 33 y han venido OK. Quiero pensar que ese documento es anterior al NOTIRED 4/2024 de 21 de marzo donde indica que van al 033.
 

melania

Nuevo miembro
Pero entonces en qué quedamos? porque en el boletin RED ponía que los atrasos en el CRA tenian que aparecer como 0033 y en ese documento que habeis pasado de la Tesorería de Valencia pone que con el CRA 0009
Los que habeis pasado ya los CRA os han dado error con el CRA 0033?
Cuando me vengan las respuesta te digo, los envié esta mañana...
 

toni

Miembro conocido
Gracias por la respuesta.

¿Y eso de que no tienen reducción de dónde sale exactamente? Porque ni en la norma ni del BNR encuentro nada al respecto (aunque pensando un poco entiendo que el movimiento SAA sobre meses ya liquidados dará error, pero eso sería una limitación técnica, no legal), y el BNR tiene un apartado específico con las exclusiones.




Tengo un cliente con más de 12.000 euros en atrasos y la diferencia entre poder aplicarse reducción o no es un pico.
NOTIRED 4/2024 de 21 de marzo, ultima pagina
 

melania

Nuevo miembro
Gracias por la respuesta.

¿Y eso de que no tienen reducción de dónde sale exactamente? Porque ni en la norma ni del BNR encuentro nada al respecto (aunque pensando un poco entiendo que el movimiento SAA sobre meses ya liquidados dará error, pero eso sería una limitación técnica, no legal), y el BNR tiene un apartado específico con las exclusiones.




Tengo un cliente con más de 12.000 euros en atrasos y la diferencia entre poder aplicarse reducción o no es un pico.
lo pone en el BNR 04/20241713452082081.png1713452082081.png
 

Nikele

Miembro
Pero entonces en qué quedamos? porque en el boletin RED ponía que los atrasos en el CRA tenian que aparecer como 0033 y en ese documento que habeis pasado de la Tesorería de Valencia pone que con el CRA 0009
Los que habeis pasado ya los CRA os han dado error con el CRA 0033?
Es lo que he comentado antes, que quizás el documento es anterior. He enviado un CASIA para que me indiquen y también he preguntado sobre lo de la SAA 439 en las situaciones en las que no procede reducción de cuotas, pues el documento de Valencia dice que, en cualquiera de esos casos (todos ellos en los que no hay reducción), hay que comunicar SAA 439 igualmente y eso choca con la comunicación en sí, pues la SAA 439 viene del apartado 2º de la D.A. 47 LGSS y ahí pone que esta comunicación a la TGSS se realiza cuando hay reducción de cuotas.

Tampoco me cuadra que el documento diga que en una IT durante una parte del mes no se aplica reducción de cuotas (o eso he entendido del documento de Valencia) porque el Ejemplo 1 del BNR 10/2022, página 4, no corregido posteriormente por corrección de errores, recoge un ejemplo con IT durante parte del mes y sí que se está aplicando la reducción en los tramos de alta.
 

anuskillas

Miembro activo
Resumiendo yo hice esto:
1º En marzo dí de alta los promotores, los partícipes y luego envié los excel con las contribuciones de los participes de febrero ahora . Ahora en abril envié los excel de las contribuciones de marzo, a continuación al día siguiente envíe los atrasos en un excel sumando a cada partícipes el total de atrasos de 2022, 2023 y enero 2024. Por último en otro excel y hoy (en día distinto) las contribuciones de todos los participes del mes de abril. Me salen todas las nominas de atrasos con líquido cero. En mayo enviaré los seguros sociales. Utilizo el A3. Tengo algún cliente que va a flipar cuando le carguen en cuenta este mes ( justo después del trimestre) las aportaciones de marzo, abril y los atrasos. Me parece un salvajada, francamente.
 

Nikele

Miembro
Resumiendo yo hice esto:
1º En marzo dí de alta los promotores, los partícipes y luego envié los excel con las contribuciones de los participes de febrero ahora . Ahora en abril envié los excel de las contribuciones de marzo, a continuación al día siguiente envíe los atrasos en un excel sumando a cada partícipes el total de atrasos de 2022, 2023 y enero 2024. Por último en otro excel y hoy (en día distinto) las contribuciones de todos los participes del mes de abril. Me salen todas las nominas de atrasos con líquido cero. En mayo enviaré los seguros sociales. Utilizo el A3. Tengo algún cliente que va a flipar cuando le carguen en cuenta este mes ( justo después del trimestre) las aportaciones de marzo, abril y los atrasos. Me parece un salvajada, francamente.

Cómo es que ya has enviado abril a VidaCaixa si las contribuciones se les envía a mes vencido?
 
Resumiendo yo hice esto:
1º En marzo dí de alta los promotores, los partícipes y luego envié los excel con las contribuciones de los participes de febrero ahora . Ahora en abril envié los excel de las contribuciones de marzo, a continuación al día siguiente envíe los atrasos en un excel sumando a cada partícipes el total de atrasos de 2022, 2023 y enero 2024. Por último en otro excel y hoy (en día distinto) las contribuciones de todos los participes del mes de abril. Me salen todas las nominas de atrasos con líquido cero. En mayo enviaré los seguros sociales. Utilizo el A3. Tengo algún cliente que va a flipar cuando le carguen en cuenta este mes ( justo después del trimestre) las aportaciones de marzo, abril y los atrasos. Me parece un salvajada, francamente.
Perdona, utilizando A3 como hiciste para que te salieron con líquido cero? Gracias!
 

nuriaeltia

Nuevo miembro
Cómo es que ya has enviado abril a VidaCaixa si las contribuciones se les envía a mes vencido?
Yo hice la consulta en vidaCaixa y por lo que tengo entendido se mandan en el mes en curso.. si hay algún cambio tienes que notificárselo a través del formulario que hay en la web.. un rollo
 

Nikele

Miembro
Yo hice la consulta en vidaCaixa y por lo que tengo entendido se mandan en el mes en curso.. si hay algún cambio tienes que notificárselo a través del formulario que hay en la web.. un rollo
Yo, en una de las charlas, el encargado de este proyecto en Vidacaixa nos dijo que era a mes vencido.
 

GEMA

Nuevo miembro
Yo tenía pensado calcular los atrasos en abril, y subir los excel con la aportación de abril en el mes de mayo (a mes vencido), pero una compi puso que le dijeron que el último día para subir el excel de los atrasos es el día 26 de abril. Yo tengo un jaleo, que ya no sé ni que hacer.....
 
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