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Si tanta certeza hay (normalmente no lo hago y espero a resolución de IP), estoy contigo en liquidar las vacaciones también y cotizarlas. Así te ahorras engorros futuros de abrir nuevos períodos y demás.
En tu ejemplo, si el trabajador está de vacaciones los 30 días de agosto sí que cobrará 1.100 €, pero también genera el derecho al cobro de la paga extra de este mes que se le deberá liquidar en caso de finiquito.
En resumen, debería ser lo mimo que las disfrute o se le liquiden por lo que lo...
Si consideras la jornada anual al final le sobrarán horas si cuentas ese día laborable como 5 naturales. Yo no computaría como 5 días naturales de vacaciones disfrutadas. Quizás estoy mezclando cosas por los comentarios que os leo, pero cuando hay días sueltos al final me fijo más en la jornada...
Sí puede haber problemas, principalmente la pérdida de la bonificación.
Por lo que sé, en la aeat son poco propensos a modificar la fecha de efectos. Suelen invitarte a realizar baja de ese día y nueva alta.
No me he molestado nunca en intentar que lo modifiquen mediante recurso porque lo que...
Por eso mismo, si antes estaba y ya no... No quiero tener problemas con que no se gire un recibo por algún tecnicismo y me toque faena extra para averiguar.
Yo desde hace un tiempo solo domicilio en cuenta personal del autónomo. Además nos han venido un par de requerimientos de la aeat...
En las últimas altas que he tramitado ya no dejaban indicar el cif de la sociedad como titular de la cuenta de denominación.
Por prudencia ya estoy indicando en todas las altas de hace meses la cuenta personal del autónomo.
Si ha habido algún cambio publicado al respecto lo desconozco, solo he...
Creo haber leído que en caso de que las bases afecten a prestaciones y durante las prestaciones la bases provisionales se convierten automáticamente en definitivas...
Digo Creo, porque estoy "medio" de vacaciones y leo a ratos el boe directamente.
Pido el comodín de la llamada al Sr. Escrivá....
(...)
Entiendo que en el alta se habrá hecho opción de "base mínima", "base máxima" u otra base. Con está información se automatizará una base u otra.
No acabo de entender cómo te pueden pedir el contrato y certificado de empresa para un suspensión de sueldo. Quien te ha cogido el expediente quiere ponértelo muy difícil pidiendo cosas que no tienen sentido.
Para qué necesitarán el contrato para igualar la fecha de baja de una suspensión...
Menudo sinsentido lo de regularizar a pasado, qué pasará con las prestaciones de incapacidad temporal y permanente? también las regularizarán un año atrás?
o puede que se pueda optar a regularizar en caso de exceso de base alta o mantenerla con lo indicado mediante un "tic" como se hace con la revalorización automática de ahora.
Todo cábalas hasta que no publiquen
Como dice Nana, también creo que se trata de mínimos de cotización.
Cada cual deberá poder aumentarlo a su antojo.
Creo que hasta que no se publique en Boe, no hay nada cierto y puede dar más de un giro
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