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Pues, de acuerdo a sentencia europea, le deberías ofrecer un nuevo puesto de trabajo que sea compatible con su situación física. Si la empresa es pequeña y no puede hacerlo, indicarlo así al trabajador, comunicándole que se extingue su relación laboral al no haber puesto compatible para el...
Pues sí, puede ser indefinido o hasta que el trabajador se jubile. En caso de que no se jubile a la edad ordinaria, el contrato se prorrogaría por anualidades, venciendo el mismo cuando acabe la anualidad desde que el sustituido se jubiló. Y, sí, también se puede sustituir la jornada de un...
A ver, que me lio. La jornada se reduce un 99% durante 12 años. La trabajadora tiene derecho a las vacaciones en proporción a la jornada realizada. Si no se ha permitido durante doce años, igual no puede pedir de dichos doce años el disfrute, pero si su retribución cuando acabe el contrato.
Veo posible nulidad al estar trabajadora de baja. Lo más legal sería hacer un erte y situar al otro trabajador hasta que se prevea que la trabajadora en baja sea alta.
Entiendo que no, fundación. El 12.7 LET dice que el puesto de trabajo puede ser el mismo que el del sustituido, pero que puede, no que debe. Unicamente debe haber correspondencia entre las bases de uno y otro de un 65%.
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