Resultados de búsqueda

  1. F

    Gastar 15 días de preaviso en vacaciones

    Si es un despido objetivo, entiendo que no valdría dicho periodo de preaviso. ¿Por qué?, pues porque ese periodo está pensado para buscar otro empleo con sus respectivas licencias de seis horas semanales. Si estás de vacaciones, no puedes cumplir con dicho derecho.
  2. F

    Despido de discapacitado (nulo o improcedente)

    A ver, tampoco veo tantos indicios. Al fin y al cabo, el empresario de siempre conocía la discapacidad de la trabajadora. Por tanto, por el hecho de que la despida sin causa, tampoco veo yo que se intuyan ahí indicios. Pon las razones por la que la despides (sus fallos, su trato con la...
  3. F

    contratar a autonomo para suplir vacaciones

    Entonces sin problema.
  4. F

    "en casa del herrero...

    Lo veo bien.
  5. F

    contratar a autonomo para suplir vacaciones

    Sí que lo hay: esos autónomos son falsos autónomos y, si les pasase algo, vosotros tenéis responsabilidad solidaria.
  6. F

    "en casa del herrero...

    Correcto. Solo está de alta el que presta servicios.
  7. F

    Añadir semanas de paternidad

    Para hacer el certificado de empresa (pidió seis semanas y ahora pide cuatro más). Entráis por modificación certificado y añadís el nuevo periodo. Pero no se puede modificar el certificado hasta que llega el día de disfrute.
  8. F

    "en casa del herrero...

    Yo entiendo que, los que no trabajan, no van a RETA ni a nada, pues no prestan servicios. El si que iría a RETA, como trabajador de una CB que es una actividad económica, no la mera administración de bienes de los socios. En este caso no entra en juego los porcentajes de las sociedades...
  9. F

    Comunicar ingresos autónomos, datos de socios, multiples actividades....

    Yo ya lo he hecho (a mi manera). A ver, como personas asociadas siempre pongo a personas físicas aunque sean sociedades (las personas que tienen el control de dicha sociedad). Es lo que me han respondido en Casia que debo hacer. Otros compañeros ponen a las sociedades, pero como resulta que a mí...
  10. F

    "en casa del herrero...

    En este caso, debes de estar tú de alta como RETA e informar de ello a seguridad social, dado que es el único que trabaja. Tu mujer, entiendo, también debe de darse de alta en RETA como autónomo colaborador.
  11. F

    CONTRATO RELEVO Y HORAS COMPLENTARIAS

    Sí que pueden hacer horas complementarias. No veo problema alguno. Lo único que dice la ley es que, como mínimo, su jornada ha de suplir la del relevado.
  12. F

    Se puede pedir improcedencia si no hay acuerdo en CEMAC?

    Lo normal es pedir nulidad y subsidiarimante improcedencia para evitar problemas. O bien invalidez permanente absoluta y subsidiariamente total. En ambos casos, en última instancia, es el juez el que decide, eso sí.
  13. F

    Se puede pedir improcedencia si no hay acuerdo en CEMAC?

    Puede optar por la improcedencia, sí. Aunque no se pida.
  14. F

    JUBILACION PARCIAL CON CONTRATO DE RELEVO

    Cuidado con superar la jornada máxima de reducción de jornada...
  15. F

    Despido procedente o improcedente?

    No, no perderías nada si puedes demostrar lo de la primera. El supremo se pronunció en el sentido de que una cosa es poder optar a la fijeza en ambas empresas y, otra, que se te reconozca la antigüedad en la primera (si puedes demostrarlo, claro).
  16. F

    REINCORPORACIÓN EXCEDENCIA VOLUNTARIA

    Entiendo que renuncia a su puesto si no pìde readmisión.
  17. F

    Despido procedente o improcedente?

    A ver, de la antigua empresa, si demuestras cesión ilegal, serviría como antiguedad. Y, en la nueva, lo mismo.
  18. F

    Complemento mínimos pensión de incapacidad permanente total por accidente no laboral

    La ley no habla de pensiones mínimas para IPT a menores de 60 años.
  19. F

    Despido procedente o improcedente?

    Valdrían para demostrar antigüedad.
  20. F

    Despido tras reincorporarse de baja larga

    Sí, se calcula hacia atras seis años desde el momento en que cesó la obligación de cotizar. Eso sí, haced un CMAC y pagad indemnización.
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