Resultados de búsqueda

  1. C

    ALQUILER DE VIVIENDAS Y ALTA RETA

    El RETA en sí mismo no es por arrendar apartamentos con destino turístico, sino por la calificación como ACTIVIDAD ECONÓMICA. Ese es el asunto. Si eres el propietario directo, para la AEAT tan correcto podría ser declararlo como RENDIMIENTOS DEL CAPITAL INMOBILIARIO (lo clásico que se ha venido...
  2. C

    ALTA HERMANA CONVIVIENTE SOCIA COOPERATIVA CON EL 50%

    Las cooperativas no son ni sociedades de capital (Art. 305.2.b)), ni sociedades laborales (Art. 305.2.f)). Así que por ese % de participación indirecto en el capital social, la normativa no tiene prevista ninguna presunción.
  3. C

    Fijo discontinuo o imprevisible

    Tienes una tercera opción, ahora que aun están "baratas" las indemnizaciones: "Fijo ordinario + despido improcedente" Por 3 meses, te sale a unos 10 días libres de IRPF (para el trabajador). Así, ni te pillas los dedos, si dices que ya se llevan días calendario agotados, ni te tienes que...
  4. C

    Diferencia entre el contrato de formacion en alternancia y la formacion dual intensiva retribuida en el marco de un contrato de formacion.

    Sin ser experto, pero analizando las implicaciones: Opción 1.- Contrato de formación en alternancia Promovido por la empresa contratante, y asociado a un itinerario formativo del trabajador, mediante el que adquirirá nuevas capacidades y competencias (titulación). Debe guardar relación las...
  5. C

    Nueva normativa autónomos familiares colaboradores

    La normativa exige una base mínima de 1.000 €, pero no dice nada al respecto de bases máximas ni regularizaciones (si es que ya se está dentro de esa base mínima).
  6. C

    grupo de cotizacion

    ¿Técnico Superior en Organización y Control de Obras? Eso sería MECU 5 / MECES 1 En tal caso, lo suyo sería un grupo de cotización 3.
  7. C

    NUEVO ESTATUTO...

    Si este cambio tirara adelante, de facto se estaría creando un tercer supuesto de despido. A los que ahora hay ("objetivo" y "disciplinario"), se le añadiría el despido por causas "subjetivas", equivalente al actual n.s.p.p., pero claro, con items y rúbricas de evaluación. La parte "buena": .-...
  8. C

    Autónomo con IAE exento de IVA

    Correcto. Sobre la exención de IVA de dietistas-nutricionistas, cuidado, pues no es absoluta ni universal, sino casuística: ¿Está el Dietista-Nutricionista exento de aplicar el IVA en sus facturas?
  9. C

    CESE DE ACTIVIDAD AUTÓNOMO POR EXPULSIÓN IMPROCEDENTE DE LA COOPERATIVA

    La normativa es muy clara: "...en todo caso el acta de conciliación judicial o la resolución definitiva de la jurisdicción ..." La mutua en este caso, solo se ha limitado a solicitar o que la normativa exige. ¿Solución? Demandar a la cooperativa.
  10. C

    Encuadramiento autónomo

    Ya estaba mirando el tema. Es peliagudo. Formalmente, el 24,5 % propio, y el 49 % no dan la presunción de control efectivo. Ergo, no cabe encuadramiento en RETA en esta situación. (Tal como expones, si fuese una sociedad profesional, y el administrador fuese un profesional-socio, lo del control...
  11. C

    Interpretación complemento IT

    El convenio es muy claro al respecto: "En cualquier caso...." Y por "cualquier caso", hay que entender incluso el caso de 3 bajas IT de 1 día de duración.
  12. C

    Atribución de rentas y regularización de RETAS

    Atribución de rentas Casilla 1577 Rendimiento neto previo, corresponde con casilla 0221 de autónomos persona física Casilla 1579 Provisiones y gastos de difícil justificación, corresponde con casilla 0222 de autónomos Casilla 1583 Rendimiento neto reducido, corresponde con casilla 0226 de...
  13. C

    Contrato para la obtención de la práctica laboral

    Según normativa, esa situación no sería incompatible. Es más, dependiendo de las tareas concretas asignadas y su nivel de dificultad e incertidumbre, es perfectamente posible. Por ejemplo, un recién graduado en arquitectura. Lo contratan de forma ordinaria en una consultora para que elabore y...
  14. C

    ASOCIACIONES

    Un error que muchos cometen. TODA asociación es un ente sin animo de lucro. Y es sin ánimo de lucro por tener personalidad jurídica propia y no tener "propietarios" de cuota, ni posibilidad de repartir dividendos o beneficios como tal. Y tan asociación es un sindicato como una patronal como un...
  15. C

    Cambio de categoría y período de prueba

    Parece un mero cambio de movilidad funcional. A ver que dice el convenio al respecto. Si lo permite, y establece un periodo en que eso quedaría consolidado, pue eso. Y si el convenio no dice nada, o lo permite pero no establece un periodo "provisional concreto", se podría suplir mediante un...
  16. C

    ASOCIACIONES

    El Sr. Antonio Garamendi cobra por presidir una asociación sin ánimo de lucro. Durante años facturaba a la asociación unos 350.000 € como falso autónomo. El año pasado fue conocido por unos días el que se tuviese que encuadrar en el RG asimilado. Aprovechó para subirse el sueldo. Pueden haber...
  17. C

    No creeis que el sector esta muy tranquilo ante lo que se nos viene

    Pues a la vista de los cambios anunciados, con elevada probabilidad pueden suceder dos cosas, totalmente contrarias: Para algunos clientes pasaremos a ser absolutamente prescindibles, en cuanto a "gestión", aunque podríamos seguir en cuanto a "verificación o asesoría". Para otros clientes, que...
  18. C

    Autónomo incapacidad permanente

    Puede realizar "actividades solemnes", pero ninguna "actividad de gestión". Esas las deberá realizar y formalizar el apoderado. Incluidos la firma de contratos laborales o de préstamo. Los firma el apoderado en nombre del poderdante.
  19. C

    alguna duda

    Por esa base de cotización que dices, estás ya en el tramo 8º. En el tramo 8º se cotiza por ingresos reales. O sea, si la BC es de 1.649,04 €, es lo mismo que decir que el salario bruto íntegro es de 1.649,04 € En este caso, hacienda no tiene dudas de cuanto ha ganado realmente esa persona.
  20. C

    Alquiler con o sin ACtividad y hacerlo con una CB

    En principio 72, la mera administración del patrimonio propio no constituye actividad económica ni a efectos de IRPF ni de ISoc.
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