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Tienes que crear un concepto que solo cotice para mes a mes cotizar la doceava parte de los 400,00€ (33,33€)
Luego le calculas la retención de IRPF de los 400€, para saber cuando le tienes que pagarle en neto. Por ejemplo, si le retienes 2%, quedan en 392 que le pagas por transferencia, para...
Yo nunca les he entregado documento alguno, solo la nóminas hasta la fecha con los devengados, baja en la SS por causa de suspensión, y se acabó. No hago nada de finiquitos ni nada por el simple hecho de que se trata de un cumplimiento u obligación normativa y siempre y cuando el propio INSS te...
Si, pero fíjate lo que dice el artículo, se podrá descontar por tales conceptos el porcentaje que las partes acuerden, no dice que obligatoriamente se deba hacer, no usa el verbo tener, si no poder, vamos que lo deja a las partes el acordarlo.
¿quien os avisó tarde? ¿la empresa o no os llegó la notificación del INSS? porque es como te dice Argi, si te avisó la trabajadora u os llegó una notificación del INSS y se os olvdó sería fuera de plazo. Ahora si la trabajadora no se incorporó, yo curso la baja con la anotacion Z, y esa no tiene...
Me interesa el tema pues tengo un aso ahora. No entiendo a que te refieres con indicar 1€ en el alta. Estaba leyendo el artículo artículo 8.2 del Real Decreto 1620/2011 donde dice:
2. Las percepciones salariales se abonarán por el empleador en dinero, bien en moneda de curso legal o mediante...
Muchas gracias Toni. La verdad que no se como lo haces y sacas tiempo. Yo entre impuestos, seguros sociales, actualizar convenios, no me da la vida.
Menos mal que tenemos gente como tu que nos ayuda.
Y como tu, el 111 se presenta solo cuando se tiene, incluso aunque la actividad se halle de baja. Pero ayer precisamente me apareció ese mensaje de la "GESTAPO" cuando presentada un modelo.
Al final me contestaron desde el SEPE, esta es su respuesta:
En respuesta a su consulta de fecha: 13/01/2026 16:29:00: Buenos días, No existe causa específica en el certificado de empresa para las bajas por causa del artículo 49.1. b del Estatuto de los Trabajadores.
Puede hacer constar como...
Gracias por tu respuesta. Y si, estoy de acuerdo contigo, en la SS le voy a cursar la baja con la clave 54, pero en el SEPE me "chirría" un poco lo de la clave 30 "despido objetivo, falta de adaptación la puesto", mientras que aquí hablamos de una extinción porque no llega a un rendimiento...
Acabo de llamar al SEPE y me dicen que lo consigne con la clave 30 del despido objetivo.
Lo haré así, a ver que pasa.
Que os parece? me dicen que entienden que es la correcta al suponer que se le extingue el contrato por una causa concreta regulada en su contrato.
¿Alguien me puede decir en caso de una extinción de contrato al amparo del 49.1.b, las causas consignadas válidamente en el contrato, la clave para hay que consignar en el certificado del SEPE y en la SS?
Gracias
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