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Nosotros todos los que hemos hecho de IP, lo hacemos como dice TMT, anotan las vacaciones solicitando por CASIA desde la fecha de reconocimiento de la IP, como L03 hemos hecho en caso de fallecimiento, ya que no puedes cotizar el día después de fallecer.
Tendrás que entrar en SEDE con el certificado de la empresa, comunicar los datos de la empresa para obtener el número NET y después solicitar CCC. Después de eso haces lo que te ha dicho Tácito.
Empresario Colectivo. Identificación de Empresa. Asignación de CCC inicial
El comercio de convenio de textil de Bizkaia establece 3 días de permiso retribuido si el trabajador no solicita la prestación (está actualizado)
¿Entonces cobras 3 días a costa de la empresa y el resto no cobras nada si fuese este caso? ¿Y por qué habría que penalizar a la empresa si lo otro...
Yo discrepo, ya lo pregunté al INSS, no te pueden dejar en casa 6 semanas a cuidar de tu hij@ si nadie te paga.
A los deportistas profesionales nadie les deja en casa 6 semanas porque hayan tenido un peque.
Yo creo que si el salario fuese SMI lo tendriamos mas facil de decidir, le tienes que pagar el minimo y ese es el propio salario en 30 dias del 2 al 31 de octubre.
A ver si el día que nos envíen las liquidaciones enviando el CRA nos dicen que no llegamos a mínimos en 30 días en un mes de 31.
Supongo que tiene salario mensual.
¿Y si le dan de alta el día 1 de octubre y se va de la empresa el día 30 como último día trabajado... también le descuentan el día porque no ha trabajado hasta el 31? A mí me parece que tiene que cobrar 30 porque es lo que ha estado de alta en ese mes, en...
Por aquí suelen llamar de TGSS para decirnos que la empresa no ha pagado desde el mes X, le llamas a la empresa y se lo recuerdas, pagan todo lo que se han olvidado y que estaba descontado en nómina y listo. Pero ya sabemos que cada oficina actuara de una manera.
Yo tambien creo que es anual, pero la referencia que suelen tener, por ejemplo, en Seguridad Social es mensual, ya que ellos mismos hacen la regularizacion de cotizacion con caracter retroactivo por el SMI, sin tener en cuenta que le vayas a pagar/cotizar mas en los meses siguientes.
Si no solicitas la paternidad, la pierdes pero puedes trabajar, es un derecho pero no una obligación, a mi ya me lo aclaró el INSS en su momento, que si no lo pedías, lo perdias.
De hecho tengo un convenio firmado hace poco que dice lo siguiente en licencias retribuidas:
- 3 días en caso de...
Yo fuera de plazo no hago nada a no ser que se pueda justificar con un papel de juzgado, todo lo que sea presentarles papeles que hayas hecho tu para justificarlo, no les vale. Así de :poop:
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